Micelio
Sentencia de Tutela13 de septiembre de 1995

T-411 de 1995

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Rosa Eugenia Serpa Rueda

Tema · dato duro
Der. Al Buen Nombre. Der. A La Intimidad. Publicacion De Avisos De Deudores Morosos En Periodico De Amplia Circulacion. Indefension. Concedida.
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

12 temas · 15 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
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Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. Por las razones expuestas en este fallo de revisión se REVOCA la decisión tomada en segunda instancia el 12 de mayo de 1995, por el Tribunal Superior de Bucaramanga, Sala Civil, dentro de la acción de tutela instaurada por la señora Rosa Eugenia Serpa de Duarte.
  2. SEGUNDO. Se tutela el derecho Fundamental al buen nombre de la accionante y en consecuencia se Ordena al representante de la Fábrica de Ropa el As Ltda, y a su apoderado Carlos Martínez Mantilla abstenerse en lo sucesivo de realizar el tipo de publicaciones descritas en la parte motiva de este fallo, en contra de la demandante. Para ello se exhorta al juez de conocimiento, a ejercer la vigilancia respectiva sobre el asunto.
  3. TERCERO. No procede la tutela respecto a los derechos a la intimidad y a la honra, según se consignó en la parte resolutiva de esta sentencia.
  4. CUARTO. No procede la indemnización de perjuicios, por las razones contempladas en la parte motiva de esta sentencia.
  5. QUINTO. Ordenar que por la Secretaria General de esta Corporación se comunique esta providencia al Juez de Primera instancia con el fin de que se hagan las notificaciones necesarias según los efectos previstos en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
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La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

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Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.