Micelio
Sentencia de Tutela28 de julio de 2005

T-789 de 2005

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Albeiro Montoya Giraldo Vs. Coomeva

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Incapacidad Laboral
  • Pago por allanamiento a la mora por EPS
  • Eventos en los que el pago está a cargo del empleador
Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Derecho A La Salud
  • Requisitos para suministro de medicamentos aunque no reúna el mínimo de semanas cotizadas
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al minimo vital de afiliado que sufrio lesion severa en vertebras que le impiden movilizarse normalmente y la entidad se niega a practicarle los examenes de resonancia magnetica de columna y resonancia nuclear magnetica cerebral por el insuficiente numero de semanas de cotización como.

Tambien a reconocerle la incapacidad laboral a que tiene derecho.

Solicita se ordene autorizar los examenes ordenados por el medico tratante y la cancelación de las incapacidades laborales.

Pago de copagos o cuotas de recuperación en el regimen contributivo del sistema de salud.

Requisitos para que el juez de tutela ordene el suministro de un medicamento o un servicio medico aunque no se reuna el minimo de semanas de cotización exigidas por la ley para el efecto.

Aplicacion de la figura del allanamiento a la mora en materia de pago de incapacidades laborales por enfermedad general.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. Levantar la suspension de terminos decretada por esta Sala de Revision en auto del 14 de marzo de 2005, con el fin de fallar el presente asunto.
  2. SEGUNDO. Revocar parcialmente la sentencia proferida el 12 de octubre de 2004, por el Juez
  3. Primero. Civil del Circuito de Vilavicencio, que a su vez confirmo parcialmente el fallo del 1deg de septiembre de 2004, proferido por el Juez
  4. Quinto. Civil Municipal de Villavicencio, unica y exclusivamente en lo relativo al pago de las incapacidades por enfermedad general que reclama Albeiro Montoya Giraldo, y confirmarla en todo lo demas.
  5. SEGUNDO. En consecuencia de lo anterior, conceder la tutela al derecho fundamental al minimo vital de Albeiro Montoya Giraldo y, por tanto, ordenar a Coomeva EPS que, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de la presente providencia, pague al peticionario los 21 dias de incapacidad por enfermedad general ocasionados por la lesion que este sufrio el 5 de julio de 2004, de conformidad con lo acreditado en este proceso.
  6. CUARTO. Prevenir a Coomeva EPS para que en lo sucesivo no vuelva a incurrir en este tipo de conductas vulneratorias de los derechos fundamentales de sus usuarios.
  7. QUINTO. Para los efectos de lo dispuesto por el articulo 36 del decreto 2591 de 1991, los juzgados de origen haran las notificaciones y tomara las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.