T-769 de 2005
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Jimmy Alexander Andrade Molina Y Otros Vs. Sociedad De Inmuebles Y Arrendamientos Limitada En Liquidación Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Casos en que procede
- Procedencia excepcional para la ejecución de negocio jurídico por afectar derechos fundamentales
- Procedencia excepcional para la protección de arrendatarios en estado de indefensión
- Principio constitucional
- Fundamental en el Estado Social Constitucional de Derecho
- Naturaleza
- Estado de vulnerabilidad a causa del acaecimiento de un desastre
- Protección especial por parte del estado y la sociedad
- Relaciones contractuales
- Vulneración por privación de ingresos laborales
- Aplicación del artículo 521 del C. de Co.
- Caso de incendio en centro comercial de Pasto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al trabajo al minimo vital y al debido proceso de arrendatarios de locales en el centro comercial la 17 de la ciudad de pasto que se incendio y que en razon de las promesas de su propietario esperaron a su restauracion para que les fueran entregados los locales con el fin de continuar ejerciendo su actividad pero la propietaria del inmueble les aumento el canon de arrendamiento y les modifico los requisitos.
Solicitan se ordene reconocer el derecho de preferencia contenido en el codigo de comercio y se les asigne locales en el centro comercial al igual que una indemnización en abstracto.
Accion de tutela contra particulares en una relacion contractual.
Características de la situacion de indefension y protección especial de los damnificados.
Deber de solidaridad.
Debido proceso y abuso del derecho en actuaciones de particulares.
Ya que el abuso del derecho se encuentra vedado por la constitución en el desarrollo de las relaciones contractuales de tipo privado es procedente que se apliquen las garantias que promuevan el respeto por el derecho de los demas sobre todo cuando estos se encuentren en estado de indefension o subordinación.
Minimo vital derecho al trabajo y protección de la libertad de empresa.
El arrendamiento de los establecimientos de comercio.
En orden de proteger los derechos fundamentales de los comerciantes damnificados cualquier controversia debe surtirse ante los jueces ordinarios pero mientras tanto se debe respetar la labor que adelantaba cada uno de ellos en el centro comercial.
Negligencia judicial por parte del juzgado quinto penal del circuito de la ciudad de pasto por la tardia remision del expediente.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado
- Cuarto. (4deg) Penal Municipal de Pasto y el Juzgado
- Quinto. (5deg) Penal del Circuito de la ciudad de Pasto de fechas siete de noviembre de 2003 y dieciseis de enero de 2004 respectivamente, que denegaron el amparo de los derechos al trabajo, la vida, la igualdad, el minimo vital y la dignidad humana de los ciudadanos Jimmy Alexander Andrade Molina, Ana Cristina Ramirez Arevalo, Julia Esther Tumbaqui Herrera, Luis Edgardo Torres Montero y Liliana del Carmen Mora Gomez.
- SEGUNDO. TUTELAR los derechos fundamentales al trabajo, al minimo vital y al debido proceso de los senores Jimmy Alexander Andrade Molina, Ana Cristina Ramirez Arevalo, Julia Esther Tumbaqui Herrera, Luis Edgardo Torres Montero y Liliana del Carmen Mora Gomez. En consecuencia, conceder la tutela solicitada y disponer que los propietarios del "Centro Comercial La 17", en el termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de este fallo, procedan a asignar un local comercial a los peticionarios en las mismas condiciones y por el mismo termino del contrato inicial.
- TERCERO. COMPULSAR copias de esta decision y del proceso, al Consejo Seccional de la Judicatura de Narino, Sala Disciplinaria, para que proceda a realizar las investigaciones a que hubiere lugar, respecto de todos los funcionarios del Juzgado
- Quinto. Penal del Circuito de Pasto, que de una u otra manera hubiesen tenido que ver en su oportunidad en el tramite del presente expediente de tutela.
- CUARTO. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.