T-699 de 2008
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Elena Escobar Reyes En Representacion De Roberto Olaya Calderon·Demandado Iss Eps
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Protección constitucional reforzada de personas con cáncer
- Razones de orden formal no deben primar sobre el derecho fundamental a la salud
- Reiteración de jurisprudencia
- Atención integral para el tratamiento de cáncer
- Carencia actual de objeto por afiliación a EPS
- Carencia actual de objeto por hecho superado
- Integralidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud de afiliado a la accionada a quien le fue suspendida la prestacion de los servicios que requiere para el tratamiento del cancer que padece.
Pide su renovacion.<br>carencia actual de objeto por hecho superado.
Se constato que "en la actualidad los servicios de salud requeridos por el mismo para el tratamiento del cancer que padece, estan siendo satisfechos por el iss".
Empero, se ordeno la concesion de las prestaciones integrales en salud requeridas por el actor para su patologia.<br>concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido el 22 de febrero de 2008, por el Juzgado Doce (12) Civil del Circuito de Bogotá, que denegó el amparo solicitado por la señora Elena Escobar Reyes como agente oficiosa de su esposo el señor Roberto Olaya Calderón.
- SEGUNDO. CONCEDER la tutela del derecho fundamental a la salud del señor Roberto Olaya Calderón., por las razones y en los términos de esta Sentencia.
- En consecuencia, ORDENAR a la EPS del Instituto del Seguro Social, prestar los servicios integrales al afectado, como lo ha venido haciendo, de acuerdo a los procedimientos, medicamentos, terapias y demás prescripciones de los médicos tratantes, en relación con la enfermedad que padece.
- TERCERO. DECLARAR la carencia actual de objeto por existir hecho superado, en cuanto al tema de la afiliación a la EPS del ISS del señor Roberto Olaya Calderón.
- CUARTO. LÍBRESE por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.