Sentencia de Tutela10 de febrero de 1997
T-059 de 1997
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Manuel Alfonso Marquez Reales
✓
Tema · dato duro
Der. A La Vida Y A La Salud. Continuidad En El Servicio De Salud. Cafesalud. Cirugia De Paciente Hemofilico. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Contrato De Seguridad Social
- Principios
Allanamiento A La Mora
- Recibo de aportes debidos en salud
Allanamiento A La Mora Por Entidad Promotora De Salud
- Prestación servicio
Derecho A La Vida
- Práctica de operación
Empleador
- Pago oportuno de cuotas adicionales en salud
Entidad Promotora De Salud
- Atención por recibo de aportes debidos
- Información al usuario de cuotas no pagadas
Excepcion De Contrato No Cumplido
- No pago oportuno de aportes
Principio De Continuidad Por Entidad Promotora De Salud
- Práctica de operación por Cafesalud
10 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado Doce Penal Municipal de Barranquilla y por el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito de Barranquilla, por las razones expuestas en el presente fallo.
- Segundo. CONCEDER la tutela impetrada por Manuel Marquez Reales contra Cafesalud por desconocimiento del principio de continuidad del servicio publico de salud que implica violacion al derecho a la vida, a la integridad personal y a la dignidad. Por consiguiente ORDENAR a Cafesalud que, si no lo ha hecho, se practique la operacion que los medicos indicaron se le hiciera a Manuel Marquez Reales ,teniendo en cuenta el cubrimiento de semanas cotizadas, desde el 13 de junio de 1995 en adelante, respetando la antiguedad, como ya se dijo en la parte motiva de esta sentencia.
- Tercero. COMUNIQUESE la presente sentencia al Juzgado Doce Penal Municipal de Barranquilla para que sea notificada a las partes, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a5
C-176/96Ley 10/90. Art. 1 Lit. K. Servicio Publico Dee Salud. Medicina Prepagada. E.P.S. Exequible.T-287/95Der. A La Seguridad Social. Mora En Los Aportes Al I.S.S. Por Parte Del Empleador. Tutela Transitoria. Concedida.C-560/94Ley 35/93. Varios Arts. Normas A Las Que Debe Sujetarse El Gobierno Para Regular Actividades Financieras. Exequibles.T-406/93Derecho A La Seguridad Social. Servicio De Salud. Prestaciones Medico-Asistenciales Para Pensionados. I.S.S. Negada.T-427/92Derecho De Los Minusvalidos. Insubsistencia. Principio De La Buena Fe. Caprecom. Negada.
Citada por199
T-551/23Acción De Tutela Para Reconocimiento Pensional Por Invalidez-Procedencia Excepcional Al Negar La Prestación Por Pago Extemporáneo De Aportes.T-549/23Derecho A La Salud Y Vida Digna-Paciente Con Obesidad Que Solicita Procedimiento Quirúrgico Funcional. Reglas Para Conceder Tutela Y Tratamiento Integral.T-202/23Derecho A La Salud Y Educación Inclusiva De Niños, Niñas Y Adolescentes- Suministro De Transporte Urbano, Garantía De Tratamiento Integral Para Menor Con Autismo. Acompañamiento E Implementación De Plan Individual De Ajustes Razonables.T-174/23Progresividad Del Derecho A La Salud De Niños, Niñas Y Adolescentes Migrantes En Situación Irregular-Atención Médica De Urgencias, Continuidad E Integralidad Del Servicio De Salud.T-047/23Principios De Accesibilidad E Integralidad Del Derecho A La Salud-Acceso A Servicios De Transporte (Urbano/Intermunicipal), Alojamiento, Alimentación De Pacientes Y Acompañantes, Tratamiento Integral, Silla De Ruedas, Entre Otros.T-005/23Derecho A La Salud En Su Faceta De Diagnóstico De Personas De La Tercera Edad, Para Determinar Si Se Requiere Servicio De Enfermería O Cuidador.
Ver las 199 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.