T-682 de 2015
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Eduardo Ignacio Verano De La Rosa·Demandado Direccion Del Censo Electoral Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Fenómeno que puede presentarse a partir de dos eventos que a su vez sugieren consecuencias distintas: hecho superado y daño consumado
- Elección de Presidente de la República ya se llevó a cabo
- Configuración
- Definición
- No conduce necesariamente a la improcedencia de la tutela porque la Corte puede pronunciarse de fondo sobre el tema planteado
- Concepto
- Procedencia de la acción de tutela contra actos administrativos que constituyen vías de hecho
- Características
- Concepto
- Alcance
- Etapas
- Marco normativo
- Efectos
- Causales de procedencia de la acción de tutela
- Finalidad del agotamiento
- Configuración
- Improcedencia general
- Definición
- Garantías
- Caso en que se decidió excluir como válidos registros de apoyos ciudadanos para efectos de inscribir candidatura del accionante a la Presidencia de la República
- Es orientador y obligatorio
- Concepto
- Configuración
- Alcance
- Naturaleza fundamental
- Configuración
- Diferencias
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se solicita al juez constitucional proteger los derechos fundamentales del actor al debido proceso administrativo y a la participación política, presuntamente vulnerados por las entidades demandadas, al proferir una certificación y un oficio mediante los cuales se excluyeron como válidos registros de apoyos ciudadanos necesarios para la postulación como candidato a la Presidencia de la República.
Se aduce que la trasgresión de derechos se configuró, por una parte, al fundamentar los documentos referidos en causales no contempladas en la normativa electoral vigente y, por la otra, al ser rechazados los recursos interpuestos en contra de dichas decisiones, bajo el argumento de no ser procedentes por tratarse de actos de trámite.
Se aborda el análisis de los siguientes temas: 1º.
La procedencia excepcional de la acción de tutela contra actos administrativos de trámite o preparatorios y el agotamiento de vía gubernativa.
Segundo.
La procedencia de la acción de tutela contra actos administrativos que constituyen vías de hecho, haciendo especial énfasis en los defectos sustantivo y procedimental y, 3º.
El derecho a la participación política y el procedimiento de inscripción de candidaturas por grupos de ciudadanos, sus etapas, alcances y efectos.
Pese a determinar que al accionante se le violaron sus derechos fundamentales al debido proceso administrativo y a la participación política, la Sala declara la carencia actual de objeto por configurarse un DAÑO CONSUMADO.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. LEVANTAR los terminos suspendidos en la presente accion.
- SEGUNDO. CONFIRMAR PARCIALMENTE, la sentencia proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Atlantico el cinco (5) de marzo de dos mil catorce (2014), que concedio oficiosamente el amparo al debido proceso del senor Eduardo Ignacio Verano de la Rosa.
- TERCERO. REVOCAR PARCIALMENTE, la sentencia proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Atlantico el cinco (5) de marzo de dos mil catorce (2014) en cuanto nego el amparo de los derechos fundamentales invocados por el accionante en el escrito de tutela y, en su lugar se declara la CARENCIA ACUTAL DE OBJETO por dano consumado, de conformidad con las consideraciones esgrimidas en esta providencia.
- TERCERO. LIBRESE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.