Micelio
Sentencia de Tutela19 de diciembre de 2019

T-616 de 2019

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Jose Mercedario Montoya Uran·Demandado Colpensiones

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado
  • Se reconoció pensión de invalidez
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El accionante interpone acción de tutela, por considerar que Colpensiones le vulneró sus derechos fundamentales a la vida digna, al mínimo vital, y la seguridad social, al no incluirlo en la nómina de pensionados, argumentando que, este debe allegar una sentencia en la cual se declare interdicto y se le designe un curador, teniendo en cuenta los conceptos emitidos por la Junta de Calificación de Invalidez y la Gerencia de Medicina Laboral de dicha entidad, según los cuales “requiere de ayuda de terceros en la toma de decisiones” .

La Sala abordo la siguiente temática: 1º.

Carencia actual de objeto, modalidades, y reiteración de jurisprudencia.

Se DECLARA la carencia actual de objeto por hecho superado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado en la acción de tutela interpuesta por el señor José Mercedario Montoya Urán contra la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones -, de conformidad con las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  2. SEGUNDO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.