Micelio
Sentencia de Tutela3 de agosto de 2007

T-599 de 2007

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Luz Amparo Garcia Alzate Vs. Iss Con Vinculacion Oficiosa De La Afp Santander

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Principios De Celeridad Y Eficacia
  • Caso en que se dilató injustificadamente por más de 7 años ante el ISS reconocimiento de pensión de vejez de señora enferma y de 63 años
Revocatoria De Acto Administrativo De Caracter Particular Y Concreto
  • Caso en que el ISS desconoció su propia actuación de reconocimiento de pensión de vejez
Mesada Pensional Decretada Y No Pagada
  • Procedencia excepcional de tutela para el pago
Pension De Jubilacion
  • Respeto del acto propio
Principio De Respeto Del Acto Propio
  • Casos en que resulta aplicable
Pension De Vejez
  • La suspensión por el ISS de la inclusión en nómina por afiliación voluntaria de la demandante a un Fondo de Pensiones con posterioridad a la solicitud de pensión
7 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho de peticion a la seguridad social al minimo vital y al debido proceso de afiliada actualmente en tratamiento de cancer que solicito y radico los documentos requeridos para el reconocimiento de la pension por edad y tiempo de servicio de lo cual solo ha logrado que le reconozcan la pension pero no le han pagado las mesadas correspondientes por cuanto no le han expedido el bono pensional.solicita se ordene su inclusion en nomina y el pago de las mesadas atrasadas.procedencia excepcional de la accion de tutela para el pago de mesadas pensionales decretadas y no pagadas.

El principio de la buena fe la confianza legitima el respeto del acto propio y la revocatoria de los actos administrativos.

Eventos en que la administracion puede directamente revocar los actos particulares que crean o modifican una situacion juridica concreta del particular.concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR PARCIALMENTE por las razones expuestas, la sentencia proferida el 13 de abril de 2007 por el Juzgado Cuarenta y Seis Penal del Circuito de Bogota, que tutelo el derecho de peticion de la senora Luz Amparo Garcia Alzate y adicionar la sentencia en el sentido de CONCEDER ademas la proteccion de los derechos fundamentales a la seguridad social, al minimo vital y al debido proceso de la accionante.
  2. SEGUNDO. ORDENAR al Instituto de los Seguros Sociales, Seccional Cundinamarca y D.C., que en un termino no superior a los quince (15) dias habiles siguientes a la notificacion de esta providencia, proceda a incluirla en la nomina de pensionados y a efectuarle el pago de las mesadas por concepto de la pension de vejez, de conformidad con el reconocimiento que la entidad efectuo mediante la Resolucion No. 9330 de 10 de marzo de 2006.
  3. TERCERO. DESE cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.