Micelio
Sentencia de Tutela31 de octubre de 2016

T-596 de 2016

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Gustavo Hernandez Rios Y Otro·Demandado Colpensiones

Tema · dato duro
Pension De Vejez. Requisitos.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Para El Reconocimiento De Pensión De Vejez
  • Improcedencia por no cumplir con requisitos establecidos en el acto legislativo 01 de 2005 y en el art. 33 de la ley 100 de 1993
Regimen De Transicion
  • Acto Legislativo 01 de 2005 prescribió que éste expiraría el 31 de julio de 2010
Indemnizacion Sustitutiva Y Pension De Vejez
  • Reconocimiento de indemnización sustitutiva no puede constituir una barrera para estudiar nuevamente solicitud de pensión de vejez
Regimen De Transicion En Pension De Vejez
  • Alcance de la jurisprudencia constitucional
7 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En dos acciones de tutela se aduce que Colpensiones vulneró derechos fundamentales de los accionantes, al negarles el reconocimiento y pago de las pensiones de invalidez y vejez que en su orden reclamaron, argumentando que dichas prestaciones resultaban incompatibles con la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez que les fue reconocida en su momento.

Se realiza un análisis jurisprudencial de temática relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela en materia de reconocimiento de prestaciones de carácter pensional; el alcance del derecho a la pensión de vejez y la indemnización sustitutiva.

En el primer asunto se declara la carencia actual de objeto por hecho superado, mientras que en el segundo se confirma la decisión de instancia que declaró improcedente la solicitud de amparo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR, pero por las razones expuestas en esta providencia, el fallo judicial proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, Sala de Familia, el 9 de febrero de 2016, dentro del expediente T-5.605.497.
  2. SEGUNDO. DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado dentro del expediente T-5.605.497.
  3. TERCERO. CONFIRMAR, pero por las razones expuestas en esta providencia, el fallo judicial proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellin, Sala Penal, el 11 de marzo de 2016, dentro del expediente T-5.611.344.
  4. CUARTO. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.