Micelio
Sentencia de Tutela17 de junio de 2010

T-505 de 2010

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Amparo Deyanira Cañon·Demandado Juzgado 15 Civil Del Circuito De Bogota

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Vulneración al configurarse defecto fáctico por cuanto la decisión judicial se profirió con base en el error de juzgar que la demanda no se dirigió contra persona llamada a comparecer en el proceso
  • Defecto fáctico como causal especial de procedibilidad
  • Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos generales y especiales de procedibilidad
Hecho Superado
  • Carencia actual de objeto toda vez que al momento de llevarse acabo la revisión del caso el juez de segunda instancia confirmó la providencia del a quo
Acción De Tutela
  • Características y naturaleza jurídica
  • Caso en que no se reconoce servidumbre de paso de un lote sirviente al lote dominante propiedad de la peticionaria por falta de legitimación por pasiva
4 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso, administración de justicia.

La accionante comenta que inició demandada dentro de un proceso abreviado, para que se le reconociera su derecho a una servidumbre de tránsito, en primera instancia le fue concedida y en segunda instancia se revocó la decisión por que se acepto la excepción de falta de legitimación en la causa por pasiva propuesta por la parte demandada, la accionante aduce que dicha excepción fue admitida irregularmente.

La Sala realiza unas consideraciones sobre las características y la naturaleza jurídica de la tutela, la procedencia de la acción de tutela para atacar decisiones judiciales, se encuentra que el Juzgado accionado incurrió en una irregularidad que afecto los derechos fundamentales de la actora, por esta razón es viable la procedencia de la acción de tutela.

Concede.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR el amparo tutelar CONCEDIDO a la senora Amparo Deyanira Canon Ortegon por la Sala de Decision Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial del Distrito Judicial de Bogota, el 16 de diciembre de 2009, mediante el cual se amparo a su derecho fundamental al debido proceso.
  2. SEGUNDO. Por secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónLuis Ernesto Vargas Silva
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.