T-498 de 2012
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Jose Gelves Galindo Rubio·Demandado Icbf
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Distinción entre las funciones atribuibles a los Jueces de Instancia y a la Corte Constitucional
- Alcance, finalidad y límites constitucionales
- Caso en que el demandante se encuentra privado de la libertad y sus dos hijos menores se presentaron voluntariamente al ICBF
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Unidad familiar, legítima defensa.
En el presente caso se interpone la acción de tutela en contra del ICBF, porque el demandante estima que dicha entidad vulneró sus derechos fundamentales, en tanto, estando él recluido en un centro penitenciario y carcelario, iniciaron un proceso administrativo de restablecimiento de derechos a favor de su menor hijo, consistente en su ubicación en un hogar sustituto, sin siquiera haber adelantado trámite para la valoración de las condiciones socioeconómicas de su familia extensiva, en particular de una tía paterna del menor, respecto de la cual el actor informó su nombre y domicilio.
En sede de Revisión se constató en el expediente administrativo que se decretó el inicio de un estudio social a la residencia de la hermana del actor y que éste terminó con la entrega del menor.
Se declara la CARENCIA ACTUAL DE OBJETO POR HECHO SUPERADO y se advierte a la entidad accionada que una demora injustificada en la realización de los trámites pertinentes para la definición de medidas para la protección de niñas, niños y adolescentes, como lo sería en el caso concreto la valoración de las condiciones socioeconómicas de la hermana del accionante, trae consigo la vulneración del mandato superior del interés prevalente del menor y el derecho a la familia en titularidad suya y demás miembros del grupo familiar
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DECLARAR la CARENCIA ACTUAL DE OBJETO POR HECHO SUPERADO respecto de la accion de tutela promovida por el senor Jose Gelves Galindo en contra del Instituto de Bienestar Familiar, Seccional Huila.
- Segundo. ADVERTIR a la entidad accionada que una demora injustificada en la realizacion de los tramites pertinentes para la definicion de las medidas para la proteccion de ninas, ninos y adolescentes, como lo seria en el caso concreto la valoracion de las condiciones socioeconomicas de la senora Luz Ibia Galindo, trae consigo la vulneracion del mandato superior de interes prevalente del menor y el derecho a la familia en titularidad suya y demas miembros del grupo familiar.
- Tercero. ORDENAR que por Secretaria General de esta Corporacion se libren las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991 para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.