Micelio
Sentencia de Tutela22 de julio de 2016

T-385 de 2016

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Rita Eugenia Barrientos Balvin·Demandado Ugpp

Tema · dato duro
Accion De Tutela En Materia De Compartibilidad Y Compatibilidad Pensional. Procedencia Excepcional Ante Perjuicio Irremediable.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Actos Administrativos
  • Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
Accion De Tutela En Materia De Compartibilidad Y Compatibilidad Pensional
  • Improcedencia por cuanto la accionante percibe en la actualidad el mayor valor pensional posible por lo que su mínimo vital, desde una perspectiva cuantitativa, cualitativa y multid
Compartibilidad Y Compatibilidad Pensional
  • Características
  • Procedencia excepcional de la acción de tutela ante un perjuicio irremediable
Derecho Al Minimo Vital
  • Carácter móvil y multidimensional
  • Contenido y alcance
Perjuicio Irremediable
  • Criterios para determinar su configuración
5 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La vulneración de derechos fundamentales por parte de la UGPP se atribuye a su decisión de suspender la mesada que venía percibiendo la actora como antigua trabajadora de la Caja de Crédito Agrario, a partir del momento en que empezó a recibir por parte de Colpensiones una pensión de vejez.

La entidad aplicó la regla de compartibilidad pensional y ordenó que el FOPEP asumiera el pago de mayor valor pagado, correspondiente a la diferencia entre la primera y segunda mesada pensional.

Se analizan los siguientes tópicos: 1º.

Las reglas generales de procedibilidad de la acción de tutela contra actos administrativos en materia de compartibilidad y compatibilidad pensional. 2º.

Las reglas jurisprudenciales sobre el concepto de perjuicio irremediable y, 3º.

El alcance y contenido que la jurisprudencia le ha dado al derecho al mínimo vital.

La Sala concluye que la acción de tutela es IMPROCEDENTE, por incumplimiento del requisito de subsidiariedad, por no comprobarse la existencia de un perjuicio irremediable y por no ser la peticionaria un sujeto de especial protección constitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (11 puntos)
  1. Primero. NEGAR la nulidad presentada por la UGPP en escrito del 14 de diciembre de 2015 por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  2. Segundo. REVOCAR la decisión proferida por el Juzgado
  3. Noveno. Penal del Circuito de Medellín que, en sentencia de única instancia del 23 de octubre de 2015, decidió amparar el derecho fundamental al mínimo vital de la señora Rita Eugenia Barrientos Balvin, y en su lugar NEGAR por improcedente la acción de tutela.
  4. Tercero. Por Secretaría General, LIBRAR la comunicación a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  5. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  6. Magistrada
  7. JORGE IVÁN PALACIO PALACIO
  8. Magistrado
  9. JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB
  10. Magistrado
  11. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.