T-341 de 2008
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Luis Fernando Torres Murcia·Demandado Tribunal Administrativo Del Meta
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Existe línea jurisprudencial en el sentido que procede la tutela cuando el juez ordinario se aparte del precedente
- Evolución jurisprudencial
- Criterios de procedibilidad
- Procedencia por desconocimiento del precedente judicial en materia de necesidad de motivación del acto de desvinculación de funcionario nombrado en provisionalidad en cargos de carrera
- Jurisprudencia constitucional sobre la necesidad de motivar la desvinculación de funcionarios que ocupan cargos de carrera y están nombrados en provisionalidad
- Motivación de la desvinculación de funcionario que ejerce en provisionalidad cargo de carrera administrativa
- Vulneración por no motivar la desvinculación de funcionaria que ejerce en provisionalidad cargo de carrera administrativa
- Formas en que puede ser desconocida la jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso de persona que fungia en provisionalidad como investigador judicial del cti de la fiscalia general de la nacion y que fue declarado insubsistente mediante acto administrativo sin motivacion alguna, por lo que promovio demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, pero el tribunal denego sus pretensiones aduciendo que el demandante no se hallaba amparado bajo ningun fuero de estabilidad, por lo que el nominador podia disponer de su retiro del servicio en cualquier momento.<br>solicita se deje sin efectos la sentencia proferida por el tribunal y se ordene dictar nuevo pronunciamiento.<br>tutela contra providencias judiciales.
Procedibilidad por desconocimiento del precedente jurisprudencial de la corte constitucional en materia de sentencias de tutela.
Necesidad de motivacion de los actos administrativos de desvinculacion de funcionarios que ocupan cargos de carrera en provisionalidad.<br>conforme a la jurisprudencia constitucional, esta corporacion arriba a la conclusion de que la fiscalia incumplio con el deber de motivar el acto administrativo y el tribunal administrativo demandado con el de atender a esta circunstancia a la hora de fallar, por lo que al haber desconocido el unificado y reiterado precedente de tutela en materia de la necesidad de motivacion del acto de desvinculacion de los funcionarios nombrados en provisionalidad en cargos de carrera, incurrio en una causal de procedibilidad de la tutela contra providencias judiciales.<br>concedida.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencias proferidas por la Seccion Quinta y Primera del Consejo de Estado, el 07 de junio y el 30 de agosto de 2007, respectivamente, que rechazaron la accion de tutela de la referencia y, en su lugar, CONCEDER el amparo del derecho fundamental al debido proceso del senor Luis Fernando Torres Murcia.
- Segundo. DEJAR SIN EFECTOS, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Meta el 22 de noviembre de 2005 (Radicacion Ndeg 50-001-23-31-001-2000-00131).
- Tercero. ORDENAR al Tribunal Administrativo del Meta, que en el termino de veinte (20) dias, contado a partir de la notificacion de la presente sentencia, profiera una nueva decision sobre la demanda presentada por el senor Luis Fernando Torres Murcia, teniendo en cuenta los parametros senalados en la parte considerativa de esta providencia.
- Cuarto. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1.991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.