T-192 de 2008
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Steven Yepes Tavera·Demandado Josue Yepes Giraldo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procede en caso en que el padre se niega a firmar para efectos de la adjudicación de beca de estudios en el exterior a su hijo mayor de edad
- Caso en que el padre se niega a firmar para efectos de la adjudicación de beca de estudios en el exterior a su hijo mayor de edad
- Jurisprudencia ha fijado como límite para el aprendizaje de profesión u oficio la edad de 25 años
- Carencia actual de objeto por cuanto expiró plazo de beca de Ecopetrol
- Jurisprudencia ha fijado como límite para el aprendizaje de profesión u oficio la edad de 25 años
- Es el derecho a optar libremente por un proyecto de vida, aunque se encuentra limitado en su ejercicio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al libre desarrollo de la personalidad y a la educacion de persona a quien su padre no apoya en la financiacion de una beca para estudios de postgrado en el exterior.<br>solicita se ordene a su padre que apruebe con su firma la beca a la cual se postulo.<br>el derecho fundamental a la educacion y la responsabilidad de los padres en materia educativa.
El derecho al libre desarrollo de la personalidad.<br>al constatarse que el actor viajo al exterior a adelantar un diplomado en relacion con su carrera, las circunstancias facticas desaparecieron y la presunta vulneracion de sus derechos fundamentales se consumo dado que la beca tuvo vigencia hasta octubre de 2007.
Asi, el amparo deprecado resulta improcedente al no existir objeto juridico sobre el cual decidir.<br>negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. LEVANTAR la suspensión de términos en este proceso, ordenada mediante auto del 29 de enero de 2007.
- Segundo. DECLARAR la carencia actual de objeto.
- Tercero. CONFIRMAR la Sentencia proferida el 27 de abril de 2007 por el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Medellín, por las razones expuestas en esta providencia.
- Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.