T-487 de 2007
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Nercy Aurora Salinas Parra En Representacion De Su Hijo Vs. Departamento De Policia Del Meta Y Otro Con Vinculacion Oficiosa De La Alcaldia Municipal De Villavicencio Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la educacion de menor con discapacidad mental permanente a quien le fue suspendido el servicio educativo en institucion especial por haber cumplido la mayoria de edad.solicita se ordene continuar subsidiando la educacion especial del beneficiario.proteccion especial a las personas con discapacidad desde el derecho internacional de los derechos humanos la poblacion en situacion de discapacidad como grupo social de especial proteccion constitucional.
El derecho a la educacion de las personas con discapacidad.
La especial proteccion en favor de la poblacion discapacitada no admite restricciones a sus derechos basadas en la edad.
Se reitera la jurisprudencia de esta corporacion en la que se ha establecido que el ambito de aplicacion de los derechos fundamentales de las personas en situacion de discapacidad siquica no puede tener como limite la minoria de edad dadas sus particulares circunstancias y la especial proteccion consagrada en su favor por el ordenamiento constitucional y el derecho internacional de los derechos humanos como el deber de prevision rehabilitacion e integracion para los disminuidos fisicos sensoriales y siquicos.concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos decretada para decidir el presente asunto.
- SEGUNDO. REVOCAR la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Villavicencio el dia veintitres de junio de 2006, que confirmo el fallo proferido por el Juzgado
- Primero. (1deg) Civil del Circuito de Villavicencio el dia 10 de mayo de 2006, y que nego la tutela de los derechos fundamentales de Alfredo Leonardo Hernandez Salinas y, en su lugar, CONCEDER la tutela de su derecho fundamental a la educacion.
- TERCERO. ORDENAR a la Alcaldia municipal de Villavicencio que continue cubriendo economicamente el costo que conlleve la atencion en educacion de Alfredo Leonardo Hernandez Salinas, de manera ininterrumpida, como beneficiario de los convenios que en adelante suscriba ese ente territorial para la prestacion de la atencion en educacion de la poblacion con discapacidad.
- CUARTO. LIBRENSE por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.