Micelio
Sentencia de Constitucionalidad8 de febrero de 2006Sala Plena

C-076 de 2006

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Nelson Tadeo Cifuentes Casas

Tema · dato duro
Derecho De Acceso A Cargos Publicos De Persona Con Limitacion Auditiva. Violación Al Establecer Inhabilidad Para Acceder A Cargo De Notario
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Ceguera
  • Definición de la Organización Mundial de la Salud
Derecho A Escoger Profesion U Oficio De Persona Con Limitacion Auditiva
  • Violación al establecer inhabilidad para acceder a cargo de notario
Libertad De Configuracion Legislativa En Restricciones A Personas Con Discapacidad
  • Imposibilidad de restringir derechos por el solo hecho de la discapacidad
Medidas De Proteccion De Persona Con Discapacidad
  • Constitución española
  • Constitución portuguesa
  • Alemania
  • Estados Unidos de América
Notario Con Limitaciones Del Habla
  • Lectura de testamento cerrado
  • Ejercicio no puede comprometer la protección especial de personas con limitaciones visuales
  • Lectura de documento que debe firmar persona invidente o ciega
Persona Sorda
  • Definición
  • Definición técnica de la Organización Mundial de la Salud
Protocolo De San Salvador
  • Derechos de las personas con discapacidad
Concurso De Notarios
  • Necesidad de la implementación para garantizar derechos de personas con afectación del habla y personas sordas
Derecho A La Igualdad De Persona Con Limitacion Auditiva
  • Violación al establecer inhabilidad para acceder al cargo de notario
Derecho De Acceso A Cargos Publicos De Persona Con Limitacion Auditiva
  • Violación al establecer inhabilidad para acceder a cargo de notario
Inhabilidades Para Acceder A Cargo De Notario
  • Persona invidente o ciega
  • Personas sordas
  • Inconstitucionalidad de la expresión "los mudos"
Notario
  • Funciones
Persona Con Discapacidad En El Ambito Laboral
  • Presupuestos para desvirtuar la presunción de inconstitucionalidad de norma que impide el acceso a un puesto de trabajo
Persona Con Discapacidad
  • Vinculación laboral
Persona Invidente O Ciega
  • Inhabilidad cargo notario
30 temas · 36 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Decreto 960 de 1970 articulo 133 numeral2 parcial.

Por el cual se expide el estatuto del notariado.

No podran ser designados como notarios a cualquier titulo los sordos los mudos los ciegos y quienes padezcan cualquier afección física o mental que comprometa la capacidad necesaria para el debido desempeño del cargo.

El demandante considera que la expresión "los sordos los mudos los ciegos" del numeral 2 del artículo 133 del decreto 960 de 1970 vulnera los artículos 2 5 13 16 25 47 y 54 de la constitución política.

Los deberes constitucionales del estado respecto a las personas con discapacidad.

Legislación comparada internacional y doméstica destinada a garantizar la no discriminación y la adecuada inserción social de las personas con discapacidad.

El derecho a la no discriminación en el acceso a un puesto de trabajo.

En ningún caso la limitación de una persona podrá ser motivo para obstaculizar una vinculación laboral a menos que dicha limitación sea claramente demostrada como incompatible e insuperable respecto de las funciones esenciales del cargo que se va a desempeñar.

La finalidad de la norma estudiada.

Las funciones esenciales del notario público.

Estudio de razonabilidad de la exclusión de las personas sordas para ejercer las funciones esenciales del notario público la razonabilidad de la medida frente a las personas con limitaciones insuperables del habla.

La razonabilidad de la medida frente a las personas con limitaciones visuales radicales e insuperables.

Exequible la expresión los ciegos.

Inexequible las expresiones los sordos y los mudos

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 960/70. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 133Decreto 960/70INEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos estudiados en esta providencia, la expresion "los ciegos" contenida en el numeral 2o del articulo 133 del Decreto 960 de 1970.
  2. Segundo. Declarar INEXEQUIBLES las expresiones "Los sordos" y "los mudos" contenida en el numeral 2o del articulo 133 del Decreto 960 de 1970.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.