C-065 de 2003
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Hector Gonzalo Avila Barajas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Aplicación de criterios jurisprudenciales
- Justifica exclusión de discapacitados
- Análisis no cumple con los parámetros mínimos establecidos por la jurisprudencia constitucional respecto al principio de igualdad
- Criterio fijado defiende libertad de configuración del legislador
- Argumento de la sentencia confunde el fin que busca el legislador
- Sujeción a la Constitución
- Debe demostrar que la distinción introducida propende por un fin legítimo
- Normas de carácter internacional que desarrollan la integración
- Acto solemne
- Función de testigos
- Intervención de testigos
- Definición
- Prohibición en personas ciegas, sordas y mudas vulnera la Constitución
- Prohibición en cónyuge del testador
- Capacidad de ciegos, sordos y mudos
- Trato diferencial no constituye discriminación
- Políticas de rehabilitación e integración social
- Contenido discriminatorio
- Decisión crea antecedente que norma excluyente de los discapacitados no tiene que ser juzgada de manera estricta
- Metodología de análisis empleada en la sentencia careció de rigor
- Testigo de testamento solemne
- Análisis de la Corte no siguió pasos metodológicos
- Varía dependiendo del grado de intensidad en el análisis
- Causales de inhabilidad
- Prohibición del cónyuge no presume la mala fe
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 57/87. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar INEXEQUIBLES los numerales 5, 6 y 7 del articulo 1068 del Codigo Civil.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE el numeral 13 del articulo 1068 del Codigo Civil.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.