Micelio
Sentencia de Constitucionalidad20 de abril de 2004Sala Plena

C-348 de 2004

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Jorge Alberto Rojas Otalvaro

Tema · dato duro
Prohibiciones Relativas A Parientes De Diputado Y Concejal. Limitaciones Para Ejercicio De Empleos En Entidades Públicas Del Orden Territorial Conforme Al Grado De Parentesco Establecido En La Constitución
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cosa Juzgada Constitucional
  • Prohibiciones a parientes de diputados y concejales
Derecho A La Igualdad En El Regimen De Contratacion
  • Vulneración por existencia de prohibición a una categoría de personas por razones que no dependen de la voluntad
  • Proyección
Inhabilidades
  • Objetivo de transparencia y moralidad en entidades descentralizadas territorialmente
  • Tipos
Inhabilidades En Parientes De Diputado Y Concejal
  • Celebración de contratos en la respectiva entidad territorial
  • Desempeño de algunos cargos en empresas de servicios públicos domiciliarios o de seguridad a nivel territorial
  • Para ser miembros de juntas o concejos directivos de entidades descentralizadas
Norma Acusada
  • Estructura jurídica es la de una prohibición y no de una inhabilidad
Prohibiciones Relativas A Parientes De Diputado Y Concejal
  • Limitaciones para ejercicio de empleos en entidades públicas del orden territorial conforme al grado de parentesco establecido en la Constitución
10 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 821 de 2003.

Art. 1 (p.).

Modifica ley 617 de 2000.

Art. 49.

Prohibiciones de cónyuges compañeros permanentes y parientes de diputados y concejales para ser miembros representantes legales revisores fiscales auditores o administradores de juntas o consejos directivos de entidades descentralizadas

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 617/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 49Ley 617/00EXEQUIBLE
Art. 1Ley 821/03 «inciso 1»EXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. Estarse a lo resuelto en la sentencia C-311 de 2004, en relación con los apartes demandados del inciso
  2. segundo. del artículo 1º de la Ley 821 de 2003.
  3. Segundo. Declarar Exequibles los apartes demandados del inciso
  4. primero. del artículo 1º de la Ley 821 de 2003, en el entendido que en el caso de los representantes legales, revisores fiscales, auditores o administradores de las entidades oficiales prestadoras de servicios públicos domiciliarios o de seguridad social, cuando sean parientes de diputados y concejales, se aplica el inciso
  5. segundo. del artículo 292 de la Constitución Política.
  6. Tercero. Declarar exequibles los apartes demandados del inciso
  7. tercero. y del parágrafo 2º del artículo 1º de la Ley 821 de 2003, en el entendido que se aplica únicamente dentro del ámbito territorial de competencia del respectivo gobernador, alcalde o miembros de juntas administradoras locales, municipales y distritales.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.