C-200 de 2001
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Froilan Galindo Arias
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inhabilidades de alcaldes
- Incompatibilidades de alcaldes
- Causales iguales
- Extensión al personero
- Investidura
- Regulación legislativa amplia
- Regulación legislativa amplia
- Etapas
- Requisitos negativos
- Regulación de requisitos para el desempeño
- Causales similares para funciones diferentes
- Objeto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 136 de 1994.
Arts. 96 y 175 (ps.) y ley 177 de 1994.
Art. 5 (p.).
Organizacion y funcionamiento de los municipios.
Inhabilidades e incompatibilidades de alcaldes y personeros municipales.
Cargos de eleccion popular.
Investidura.
Acceso a la funcion publica
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 136/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. ESTESE a lo resuelto en la sentencia C-007 de 1998, en relación con la expresión "a cualquier cargo de elección popular", contenida en el numeral 7º del artículo 5º de la Ley 177 de 1994, la cual fue declarada exequible por el fallo referido.
- Segundo. ESTESE a lo resuelto en la sentencia C-194 de 1995, en relación con el numeral 7º del artículo 96 de la Ley 136 de 1994, el cual se encontró exequible, excepto las expresiones "así medie renuncia previa de su empleo", que fueron declaradas inexequibles, en aquella providencia.
- Tercero. Declarar EXEQUIBLE la expresión "ley en lo que corresponda a su investidura", contenida en el artículo 175 de la Ley 136 de 1994.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.