Micelio
Sentencia de Constitucionalidad21 de febrero de 2001Sala Plena

C-200 de 2001

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Froilan Galindo Arias

Tema · dato duro
Inhabilidades E Incompatibilidades Para Acceso A Cargos Publicos. Regulación Legislativa Amplia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cosa Juzgada Constitucional
  • Inhabilidades de alcaldes
  • Incompatibilidades de alcaldes
Incompatibilidades Del Alcalde
  • Extensión al personero
Incompatibilidades Del Personero
  • Investidura
  • Regulación legislativa amplia
Acceso A Cargos Publicos
  • Requisitos negativos
Función Pública
  • Regulación de requisitos para el desempeño
Incompatibilidades Para Acceso A Cargos Publicos
  • Causales similares para funciones diferentes
11 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 136 de 1994.

Arts. 96 y 175 (ps.) y ley 177 de 1994.

Art. 5 (p.).

Organizacion y funcionamiento de los municipios.

Inhabilidades e incompatibilidades de alcaldes y personeros municipales.

Cargos de eleccion popular.

Investidura.

Acceso a la funcion publica

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 136/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 175Ley 136/94 «ley en lo que corresponda a su investidura»EXEQUIBLE
Art. 5Ley 177/94EXEQUIBLE
Art. 96Ley 136/94EXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. ESTESE a lo resuelto en la sentencia C-007 de 1998, en relación con la expresión "a cualquier cargo de elección popular", contenida en el numeral 7º del artículo 5º de la Ley 177 de 1994, la cual fue declarada exequible por el fallo referido.
  2. Segundo. ESTESE a lo resuelto en la sentencia C-194 de 1995, en relación con el numeral 7º del artículo 96 de la Ley 136 de 1994, el cual se encontró exequible, excepto las expresiones "así medie renuncia previa de su empleo", que fueron declaradas inexequibles, en aquella providencia.
  3. Tercero. Declarar EXEQUIBLE la expresión "ley en lo que corresponda a su investidura", contenida en el artículo 175 de la Ley 136 de 1994.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.