C-100 de 2004
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Juan Fernando Lopez Ocampo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Distinción de requisitos justificado por exigencia de formación profesional de salud atendiendo categoría municipal
- Distinción de requisitos justificado entre sujetos profesionales habilitados para cumplir las mismas funciones
- Distinción de requisitos para organizar prestación de servicios de salud en determinados municipios
- Distinción en requisitos atendiendo categoría municipal
- Regulación legislativa de condiciones y requisitos
- Alcance de las condiciones impuestas por la ley
- Límites en regulación de requisitos y condiciones
- Límites
- Alcance respecto de requisitos y condiciones
- Finalidad
- Problemática
- Alcance de las etapas
- Requisito de exigencia de formación profesional en el área de la salud en determinadas categorías de municipios
- No aplicación del concepto de intensidad del test
- No establecimiento de manera subjetiva que en unos casos debe ser más estricto que en otros
- Equilibrios entre dos principios de la función pública
- Presupuesto esencial
- Verificación de supuestos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto 1569 de 1998.
Art. 24 num. 3.
Sistema de nomenclatura y clasificacion empleos de entidades territoriales reguladas por ley 443 de 1998.
Requisitos para ejercer empleos del nivel directivo.
Director de hospital empresa social del estado o ips.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1569/98. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE el articulo numeral 3deg del articulo 24 del Decreto 1569 de 1998, con fundamento en las consideraciones previamente expuestas.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.