Micelio
Sentencia de Tutela9 de junio de 2005

T-602 de 2005

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Gustavo Becerra Saenz Vs. Empresa Nacional De Telecomunicaciones Telecom Y Otros

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Mecanismo principal para evitar perjuicio irremediable
Acciones Afirmativas
  • Protección especial a personas disminuidas física o psíquicamente
  • Evolución histórica
Formula De Pagos De Acreencias Laborales
  • Caso de empleados que deben ser reintegrados en virtud de la protección de sus derechos
Madre Cabeza De Familia Y Personas Discapacitadas
  • Limitación a la protección reforzada fijada en la ley 813/03 declarada inconstitucional por la sentencia C-991/04
Accion De Tutela Para Asegurar Medidas De Estabilidad Laboral Reforzada
  • Procedencia por existir vulneración a mandatos constitucionales
8 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al trabajo la salud la seguridad social y la proteccion especial a las personas discapacitadas de extrabajador de telecom que sufre hipoacusia neurosensorial bilateral severa a quien le fue terminado su contrato de trabajo por la decision de liquidar a la empersa a pesar de estar incluido dentro del plan especial de proteccion.

Solicita la inaplicación de los articulos 14 y 16 del decreto 190 de 2003 y se ordene su reintegro al cargo que venia desempeñando.

Fundamento de la protección constitucional a las personas discapacitadas e implementacion de acciones afirmativas a su favor.

Facultad de la administración en procesos de reestructuracion estatal.

Procesos de reestructuracion del estado frente a las protección de las personas discapacitadas.

Procedencia de la tutela al caso concreto.

La especial proteccion se entiende vigente durante todo el programa de renovación institucional esto es hasta la terminación definitiva de la existencia juridica de telecom en liquidación.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos ordenada por la Sala Plena de esta Corporacion en sesion del dia treinta (30) de noviembre de 2004.
  2. SEGUNDO. REVOCAR los fallos proferidos por la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Gil y por el Juzgado
  3. Segundo. Civil del Circuito de Velez (Santander), que denegaron la tutela interpuesta por Gustavo Becerra Saenz en el asunto de la referencia. En su lugar, CONCEDER, por las razones y en los terminos de esta sentencia, el amparo a los derechos fundamentales invocados.
  4. TERCERO. ORDENAR al liquidador de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom -en liquidacion-, que dentro del termino de cinco (5) dias, contados a partir de la notificacion del presente fallo, reintegre al senor Gustavo Becerra Saenz, sin solucion de continuidad desde la fecha en la cual fue desvinculado de la entidad y hasta la terminacion definitiva de la existencia juridica de la empresa.
  5. CUARTO. ORDENAR al liquidador de Telecom que reconozca al demandante todos los salarios y prestaciones a las cuales tenia derecho desde la fecha en la cual fue desvinculado y hasta el momento en que sea efectivamente incorporado a la nomina de la entidad, y efectuar el cruce de cuentas que sea indispensable en caso de haber recibido el accionante indemnizacion, en los terminos senalados en esta sentencia.
  6. QUINTO. LIBRESE por Secretaria la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.