Micelio
Sentencia de Tutela9 de julio de 2014

T-482 de 2014

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Blanca Rocio Gallego Marin En Representacion De Kely Tatiana Gallego·Demandado Comisaria De Familia De Fresno Y Otra

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud De Personas Con Discapacidad Mental
  • Caso en que se solicita internado en el ICBF a joven con discapacidad mental absoluta
  • Orden a ICBF informe a la familia sobre el plan de restablecimiento de derechos y derechos y deberes en el proceso de rehabilitación de joven con discapacidad mental absoluta
Poblacion Joven En Situacion De Discapacidad
  • Protección constitucional especial
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se le endilga a la Comisaría de Familia de Fresno y al Centro Zonal de Honda del ICBF, la vulneración de derechos fundamentales, al no decidir de fondo el derecho de petición presentado por la actora, en el cual solicitaba que se autorizara a su hija de veinticinco años de edad, el ingreso a una institución en la que pudiera recibir asistencia en la discapacidad absoluta que padece, por la cual ha afrontado diversos episodios de agresividad contra sí misma y contra sus familiares y vecinos.

El instituto demandado inició el proceso para ingresar a la representada a un programa de atención especializada para personas discapacitadas mayores de dieciocho años, pero no definió las características del programa, los medios de participación de la familia y el momento concreto en el que los beneficios se harían efectivos.

Se AMPARAN los derechos fundamentales a la salud, a la integridad y a la vida digna y se ordena al Instituto accionado informar el plan concreto de restablecimiento de los derechos de la agenciada, al igual que los derechos y deberes que le asisten a la familia en el proceso que se inicie y, el tiempo en que la medida adoptada se hará efectiva.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (12 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR PARCIALMENTE la sentencia proferida por el Juzgado Civil del Circuito de Fresno, el veintidos (22) de enero de dos mil catorce (2014), que a su vez confirmo el fallo proferido por el Juzgado
  2. Segundo. Promiscuo Municipal de Fresno, el veinte (20) de noviembre de dos mil trece (2013), en cuanto nego la proteccion al derecho fundamental de peticion por hecho superado, porque la Comisaria de Fresno contesto la solicitud elevada. Pero adicionara la sentencia para AMPARAR los derechos fundamentales a la salud, la integridad y la vida digna de Kely Tatiana Gallego, en el proceso de tutela iniciado por su madre, la senora Blanca Rocio Gallego Marin, contra la Comisaria de Familia de Fresno y el Centro Zonal de Honda del ICBF.
  3. Segundo. ORDENAR al ICBF Centro Zonal de Honda que en el termino de quince (15) dias habiles a partir de la notificacion de esta sentencia, informe a la senora Blanca Rocio Gallego (1) el plan concreto de restablecimiento de los derechos de su hija; (2) los derechos y deberes que le asisten a la familia en el proceso que se inicie, y (3) el tiempo en que la medida adoptada por el ICBF se efectuara.
  4. Tercero. Sobre las actuaciones llevadas a cabo, la entidad debera informar a esta Sala, en un termino no mayor a un (1) mes a partir del momento en que se comunique a la familia de Kely Tatiana sobre el proceso de restablecimiento de los derechos de la joven y la asignacion de un cupo en una entidad especializada. Mientras se materializa esta orden, el ICBF dispondra de lo pertinente para ofrecer acompanamiento constante a Kely Tatiana y su familia. Y del cumplimiento de esta orden tambien informara a esta Sala en el termino ya senalado.
  5. Cuarto. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  6. MARIA VICTORIA CALLE CORREA
  7. Magistrada
  8. MAURICIO GONZALEZ CUERVO
  9. Magistrado
  10. LUIS GUILLERMO GUERRERO PEREZ
  11. Magistrado
  12. MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.