T-930 de 2012
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Fabiola Varela Muñoz Actuando Como Apoderada De Manuel Alfonso Ramos Mera·Demandado Bbva Horizonte Pensiones Y Cesantias
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Orden a Fondo de Pensiones reconocer y pagar pensión de invalidez
- Inaplicación del parágrafo 1 del artículo 1 de la ley 860 de 2003
- Procedencia excepcional por afectación al mínimo vital y vida digna de sujetos de especial protección
- Protección especial a la juventud en el ordenamiento constitucional e internacional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Vida digna, mínimo vital, seguridad social.
Se presenta la acción de tutela contra BBVA Horizonte Pensiones y Cesantías, por negarle al accionante el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez, bajo el argumento de no haber cotizado cincuenta semanas en los últimos tres años anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez.
Se precisa que el peticionario solo tiene 23 años de edad y que la calificación de su pérdida de la capacidad laboral fue del 65.75%.
Luego de recordar los parámetros constitucionales bajo los cuales la Corporación ha extendido el beneficio contenido en el parágrafo 1º del artículo 1º de la Ley 860 de 2003, a aquellas personas que superan los veinte años de edad, pero que acabando de iniciarse en la vida laboral sufren una merma en sus capacidades físicas, psíquicas o sensoriales que les impide seguir trabajando y por consiguiente continuar cotizando al Sistema de Seguridad Social, la Sala decide CONCEDER el amparo solicitado y ordenar el reconocimiento y pago de la prestación reclamada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (11 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido en unica instancia por el Juzgado Veintiuno Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Cali, el quince (15) de mayo de dos mil doce (2012), dentro del proceso de tutela de Fabiola Varela Munoz, actuando como apoderada judicial de Manuel Alfonso Ramos Mera, contra BBVA Horizonte Pensiones y Cesantias, que declaro la improcedencia de la accion, y en su lugar, amparar los derechos fundamentales a la vida digna, al minimo vital y a la seguridad social del peticionario.
- Segundo. ORDENAR a BBVA Horizonte Pensiones y Cesantias que en el termino de cinco (05) dias habiles contados a partir de la notificacion de esta providencia, reconozca y pague la pension de invalidez por riesgo comun al senor Manuel Alfonso Ramos Mera, desde el momento en que se declaro su estado de invalidez, esto es, desde el 23 de mayo de 2011, fecha en que Mafre Colombia Vida Seguros S.A. expidio el dictamen de perdida de capacidad laboral correspondiente.
- Tercero. ORDENAR a BBVA Horizonte Pensiones y Cesantias que remita a este despacho copia del acto administrativo a traves del cual se reconozca el derecho pensional al senor Manuel Alfonso Ramos Mera, en el termino de los cinco (05) dias siguientes a la ejecutoria del acto.
- Cuarto. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- MARIA VICTORIA CALLE CORREA
- Magistrada
- LUIS GUILLERMO GUERRERO PEREZ
- Magistrado
- MAURICIO GONZALEZ CUERVO
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.