Micelio
Sentencia de Tutela7 de marzo de 2017

T-144 de 2017

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Mauricio Pichot Elles·Demandado Canal Capital Y Otros

Tema · dato duro
Derecho Fundamental A La Estabilidad Laboral Reforzada,
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Relacion Laboral
  • Configuración
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Persona natural que actúa en defensa de sus propios intereses
Contrato De Prestacion De Servicios
  • No puede suscribirse para desempeñar funciones de carácter permanente de la administración
Derecho A La Estabilidad Ocupacional Reforzada
  • Caso en que no se renovó contrato de prestación de servicios a persona que padece leucemia
  • Orden a Canal Capital celebrar un nuevo contrato de prestación de servicios con el accionante
  • Reiteración de jurisprudencia
Legitimacion Por Pasiva En Tutela
  • Empresa industrial y comercial del Estado
8 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor aduce que el Canal Capital vulneró sus derechos fundamentales al no suscribir un nuevo contrato de prestación de servicios sin dar justificación objetiva alguna, a pesar de haber celebrado previamente ocho contratos y de tener conocimiento de que se encontraba en tratamiento permanente para enfrentar su diagnóstico de leucemia mieloide aguda.

Se reitera jurisprudencia en torno al derecho a la estabilidad ocupacional reforzada de las personas que pueden ser discriminadas en razón a una afectación grave en su salud que les impide o les dificulta sustancialmente el desempeño de su oficio.

La Corte considera que la accionada no logró desvirtuar la presunción que surgió en su contra por no renovar el contrato de prestación de servicios del peticionario, pues no probó ninguna causal objetiva para proceder de tal manera, buscando por el contrario eludir el deber de solidaridad que debe tener frente a los contratistas que son merecedores de una especial protección constitucional debido a su estado de debilidad manifiesta.

Se CONCEDE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido por la Sala de Decision Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, el 24 de agosto de 2016 y, en su lugar, CONFIRMAR PARCIALMENTE la sentencia expedida por el Juzgado 26 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de la misma ciudad, el 24 de mayo de 2016.
  2. SEGUNDO. MODIFICAR la sentencia proferida por el Juzgado 26 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogota, el 24 de mayo de 2016, en el sentido de conceder de manera definitiva el amparo del derecho fundamental a la estabilidad ocupacional reforzada del accionante y, en consecuencia, ORDENAR al Canal Capital que celebre un nuevo contrato de prestacion de servicios con el senor Mauricio Pichot Elles en las mismas o superiores condiciones a las pactadas en los negocios juridicos suscritos desde el ano 2013.
  3. TERCERO. ADVERTIR al Canal Capital que una vez finalizado el contrato suscrito en virtud de este fallo, en caso de que exista una causal objetiva para no celebrar un nuevo negocio juridico con el senor Mauricio Pichot Elles, la cual debera ser diferente al simple vencimiento del plazo pactado, tendra la obligacion de informarle de manera escrita las razones que justifican tal determinacion.
  4. CUARTO. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.