Micelio
Sentencia de Tutela26 de febrero de 2013

T-094 de 2013

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Patricia·Demandado Juzgado De Familia

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Accion De Tutela Contra Actos Administrativos
  • Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
Debido Proceso En Tramite De Adopcion
  • Juzgado de Familia no vulneró derechos de las menores de dieciocho años a ser escuchadas y a la preservación de unidad familiar al valorar de forma razonable las pruebas y determinar que la familia extensa no garantiz
Defecto Factico
  • Configuración
  • Dimensión negativa y positiva
10 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En este asunto se presenta la acción de tutela en contra de un Juzgado de Familia que mediante sentencia judicial homologó el trámite administrativo surtido por el ICBF dentro de un proceso de restablecimiento de derechos, mediante el cual se declaró en estado de adoptabilidad a dos menores de dieciocho años.

Se alega violación al debido proceso en tanto la actora, en su calidad de Ministerio Público, no fue notificada de dicha actuación y porque la Defensoría de Familia omitió proferir la resolución a la que se hace referencia en el artículo 107 del Código de la Infancia y la Adolescencia.

También se alega vulneración de derechos fundamentales de las referidas niñas, al no tenerse en cuenta que su familia extensa, en particular sus abuelos paternos, deseaban hacerse cargo de su cuidado.

Para resolver el caso la Sala analizó la siguiente temática: 1º.

La legitimación en la causa por activa en los procesos de tutela que buscan la protección de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes. 2º.

Doctrina constitucional relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales y contra actos administrativos.

Desarrollo de los defectos fáctico y violación directa de la Constitución y 3º.

El derecho fundamental de los niños, niñas y adolescentes a tener una familia y no ser separados de ella.

Dentro de este acápite se analiza extensamente los siguientes subtemas: a). el principio del interés superior de los menores de dieciocho años. b). el derecho fundamental de los menores de dieciocho años a ser escuchados.

Se decide confirmar las decisiones de instancia que NEGARON la tutela impetrada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos decretada por esta Sala de Revision.
  2. SEGUNDO. CONFIRMAR la sentencia proferida el seis (06) de julio de dos mil doce (2012) por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, que confirmo a su vez la Sentencia del seis (6) de junio de dos mil doce (2012) de la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villa Maria, en el sentido de NEGAR la tutela invocada por Patricia, en su nombre y representando a las menores de edad Andrea y Sol, contra el Juzgado de Familia, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  3. TERCERO. Por la Secretaria, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por53
T-377/23Seguridad Social En Pensiones-Devolución De Saldos Para Hija De La Causante En El Régimen De Ahorro Individual Con Solidaridad. Desistimiento De La Acción De Tutela Y Carencia Actual De Objeto Por Hecho SuperadoT-249/23Debido Proceso Administrativo En Trámite De Restablecimiento De Derechos De Niños, Niñas Y Adolescentes-Interés Superior Del Niño, Derecho A Tener Una Familia Y A No Ser Separado De Ella. Confirma Negativa Del Amparo Y Compulsa De Copias Ante La Fiscalía General De La Nación.T-219/23Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales (Caso De Violencia Intrafamiliar)-Deber De Aplicar Perspectiva De Género Y El Principio Del Interés Superior Del Menor (Derecho De Las Niñas Y Los Niños A Ser Escuchados En La Actuación Judicial). Carencia Actual De Objeto Por Daño Consumado En El Trámite De Incidente De Incumplimiento De Medidas De Protección.SU.114/23Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Medio De Control De Reparación Directa-Procedencia Por Defecto Fáctico, Desconocimiento Del Precedente Y Violación Directa De La Constitución Al Negar La Indemnización De Perjuicios A La Hija Del Causante.T-465/22Debido Proceso Administrativo En Trámite De Definición De La Situación Militar-Cuota De Compensación Debe Liquidarse Con Base En La Realidad Económica Del Interesado, Según Lineamientos De La Ley 1861 De 2017T-315/22Carencia Actual De Objeto Por Situación Sobreviniente-Se Emitió Pronunciamiento Desfavorable A La Solicitud De Expedición De Tarjeta Profesional De Migrante-Temeridad.
Ver las 53

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.