Micelio
Sentencia de Tutela9 de septiembre de 2022

T-315 de 2022

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Sanchez María De Los Ángeles·Demandado Uae Unidad Administrativa Especial Junta Central De Contadores Y Otro

Tema · dato duro
Carencia Actual De Objeto Por Situación Sobreviniente-Se Emitió Pronunciamiento Desfavorable A La Solicitud De Expedición De Tarjeta Profesional De Migrante-Temeridad.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Carencia Actual De Objeto Por Situación Sobreviniente
  • Pronunciamiento de la administración sobre la expedición de la tarjeta profesional
Principio De Subsidiariedad En Accion De Tutela Contra Acto Administrativo
  • Flexibilidad ante la eminencia de un perjuicio irremediable
Acción De Tutela Y Requisito De Subsidiariedad
  • Flexibilidad en caso de sujetos de especial protección constitucional
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La accionante es de nacionalidad venezolana y alega que la Junta Central de Contadores vulneró sus derechos fundamentales al negar, de manera recurrente, la expedición de su tarjeta profesional de contadora pública, por no cumplir el requisito establecido en el artículo 3 de la Ley 43 de 1990, en concordancia con la Resolución 973 de 20152, la cual exige a quien solicite la expedición del documento acreditar una de las dos siguientes condiciones: i) ser nacionales colombianos o ii) en caso de ser extranjeros, estar domiciliados «en Colombia con no menos de tres (3) años de anterioridad a la respectiva solicitud.

Teniendo en cuenta que en sede de revisión la Sala constató que la accionada ya dio por acreditado el requisito de domicilio que, según la accionante, configuraba un hecho discriminatorio, la Sala consideró que el juez constitucional no tiene objeto para pronunciarse en el presente asunto y, por ello, declaró la CARENCIA ACTUAL DE OBJETO por hecho sobreviniente.

No obstante, exhortó a la accionada para que informe detalladamente a la peticionaria los requisitos pendientes para obtener su tarjeta profesional, la manera en que puede acreditarlos y el correspondiente fundamento normativo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia dictada por el juez Catorce Laboral del Circuito de Cali, que confirmó la sentencia de 14 de diciembre de 2021, dictada por el juez
  2. Sexto. Laboral Municipal de Primeras Causas de Cali y, en su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho sobreviniente, conforme a las razones expuestas en esta providencia.
  3. SEGUNDO. EXHORTAR a la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores para que, informe detalladamente a María de los Ángeles Sánchez los requisitos pendientes para obtener su tarjeta profesional, la manera en que puede acreditarlos y el correspondiente fundamento normativo.
  4. TERCERO. COMUNICAR, por la Secretaría General de la Corte Constitucional, la presente decisión a las partes.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.