Micelio
Sentencia de Tutela11 de febrero de 2010

T-079 de 2010

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Senide Lopez Orozco·Demandado Superintendencia De Sociedades

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Improcedencia por cuanto se dejaron pasar 10 meses para interponerla sin justificación alguna
  • Término razonable de presentación
Proceso Concursal De Liquidacion Obligatoria
  • Relevancia para el juez constitucional cuando además de la propiedad se afectan otros derechos constitucionales
Superintendencia De Sociedades
  • Caso en que ejerce funciones jurisdiccionales
Tipos De Procesos Concursales
  • Concordato y liquidación obligatoria
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Procedencia excepcional
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
7 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso, igualdad, propiedad y vivienda digna.

La accionante señala que celebró un contrato de cuentas en participación con Construcciones Guaymaral Ltda. en noviembre de 2006, se le inició a dicha empresa un proceso de liquidación pero en el auto de graduación y calificación de créditos no fue reconocido su crédito, alegando que no acreditó la cuantía de la obligación, la accionante argumenta que la obligación y la cuantía presentadas por ella son claras, por lo tanto considera que la entidad accionada incurrió en una vía de hecho.

La Sala realiza reiteración de jurisprudencia respecto de la naturaleza jurisdiccional de las decisiones de la Superintendencia de Sociedades, al actuar como juez en los procesos concúrsales previstos por la Ley 222 de 1995, se refiere a la doctrina de esta Corporación en relación con la tutela contra providencias judiciales y resalta los elementos constitucionalmente relevantes de los procesos concúrsales, se encuentra que la actora no interpuso la tutela en un plazo razonable, y no presentó justificación alguna para presentarla tantos meses después de proferido el auto de graduación y calificación de créditos.

Niega.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Revocar el fallo proferido por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca en segunda instancia, el veintiocho (28) de julio de dos mil nueve (2009), en cuanto concedió el amparo a los derechos constitucionales a la propiedad, la vivienda digna, y la igualdad de la peticionaria y el fallo de primera instancia, proferido por el Juzgado
  2. Segundo. (2º) Administrativo, el nueve (9) de junio de dos mil nueve (2009), en cuanto denegó el amparo a la señora Senide López Orozco, por las razones expuestas en esta providencia.
  3. En su lugar, declarar la improcedencia de la acción de tutela interpuesta por la señora Senide López Orozco, por no cumplir con los requisitos de procedibilidad de la tutela contra sentencias judiciales, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
  4. Segundo. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.