T-061 de 2013
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Dagoberto Rafael Correa Cafiel·Demandado Municipio De Santa Cruz De Lorica
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por cuanto no se puede desconocer el principio de subsidiariedad en la acción de tutela
- Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos de procedencia excepcional
- Mecanismos judiciales ordinarios para evitar abuso de empresarios y garantizar la participación de los acreedores en todas las etapas del proceso de reestructuración
- Reiteración de jurisprudencia
- Improcedencia de tutela para alterar orden de las acreencias establecidas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El accionante se desempeñó como celador de la Alcaldía del municipio de Santa Cruz de Lorica y aduce que la entidad territorial le adeuda el pago de acreencias laborales y prestaciones sociales, así como el de horas extras, recargos nocturnos, domingos y festivos, del período comprendido entre junio de 1993 y agosto de 2007.
Se instaura la acción de tutela para reclamar el pago de estas acreencias y como fundamento de la solicitud se advierte que el municipio se encuentra en el marco de la Ley 550 de 1999.
La Sala reitera los lineamientos establecidos en la sentencia T-705/12 y precisa que el amparo solicitado no está llamado a prosperar, por no cumplir cabalmente con los requisitos de inmediatez y subsidiariedad de la acción de tutela.
IMPROCEDENTE.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. REVOCAR la decision adoptada por el Juzgado Penal del Circuito de Lorica el 16 de julio de 2012, que confirmo la decision proferida por el Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de Lorica el 12 de junio de 2012, dentro del tramite de la accion de tutela promovida por el senor Dagoberto Correa Cafiel contra el municipio de Santa Cruz de Lorica, Cordoba, y en su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE el amparo.
- SEGUNDO. Por Secretaria General librese las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.