Sentencia de Tutela29 de enero de 1998
T-011 de 1998
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Pedro Caballero
✓
Tema · dato duro
Pago Excepcional De Acreencias Laborales. Dere. Al Minimo Vital. Pago De Cesantias Parciales. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Medio De Defensa Judicial Ineficaz
- Pago de cesantía parcial por afectación del mínimo vital
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Derecho De Peticion Frente Al Silencio Administrativo Negativo
- Debe resolver la solicitud
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCANSE los fallos de instancia, que negaron la protección constitucional.
- En su lugar, CONCEDESE el amparo invocado. En consecuencia, ORDENASE al Gobernador del Departamento de Santander que , si ya no lo hubiere hecho, proceda, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, al pago de las cesantías parciales reclamadas por el actor y a él ya reconocidas, junto con la indexación correspondiente.
- Si, por la imprevisión administrativa, no hubiere partida presupuestal disponible, las cuarenta y ocho(48) horas se conceden para que se inicien los trámites correspondientes, con miras a efectuar las adiciones presupuestales que permitan el pago
- Segundo. DESE cumplimiento a lo previsto por el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por378
T-171/24Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada Por Embarazo Y Durante El Período De Lactancia-Reglas Jurisprudenciales Sobre El Alcance Del Fuero De Maternidad (Presunción De Despido Discriminatorio).T-255/22Derecho Al Mínimo Vital Del Pensionado-Procedencia Excepcional De La Acción De Tutela Para El Pago De Mesadas Pensionales Contra Entidad Bancaria.T-159/22Accion De Tutela Para Solicitar Que No Se Realicen Descuentos En Nomina.Improcedencia Por Incumplir Requisito De Subsidiariedad Y No Acreditar Perjuicio IrremediableSU.140/19Unificacion De Jurisprudencia En Materia Pensional Respecto Al Incremento Del 14% Por Conyuge O Compañero (A) A Cargo.T-410/18Derecho Al Minimo Vital De Personas De La Tercera Edad Y Su Afectacion Por El No Pago De Mesadas Pensionales.T-410/17Derecho Fundamental De Peticion Respecto A Las Solicitudes De Ayuda De Emergencia. Reglas De Procedencia,
Ver las 378 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.