Micelio
Sentencia de Tutela10 de mayo de 2022

T-159 de 2022

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Hugo Alberto Rojas Castellanos Y Otro·Demandado Municipio De Antioquia

Tema · dato duro
Accion De Tutela Para Solicitar Que No Se Realicen Descuentos En Nomina.Improcedencia Por Incumplir Requisito De Subsidiariedad Y No Acreditar Perjuicio Irremediable
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Para Reclamar Pago De Acreencias Laborales
  • Improcedencia por existir otros mecanismos de defensa judicial y no existir perjuicio irremediable ni afectación del mínimo vital
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En dos acciones de tutela formuladas de manera independiente se atribuye a la entidad territorial demandada la vulneración de derechos fundamentales de los actores, por el hecho de descontar de su salario el monto total de los aportes al Sistema General de Pensiones, en razón a que se habrían acogido a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 4º de la Ley 797 de 2003 y el artículo 2º de la Ley 1821 de 2016, por un lado, porque cumplieron los requisitos para acceder a la pensión de vejez y, por otro, porque decidieron seguir vinculados laboralmente con la entidad y haciendo aportes voluntarios al Sistema General de Pensiones, por no llegar aún a la edad de retiro forzoso, es decir, a los 70 años.

Luego de verificar los requisitos de procedencia, la Corte determinó que es IMPROCEDENTE la acción de tutela formulada, por incumplir el de subsidiariedad.

Lo anterior, en razón a que los peticionarios pueden acudir ante los jueces administrativos para demandar los oficios objeto de censura; porque la controversia planteada se relaciona con los porcentajes de los descuentos efectuados por el empleador y el alcance de las normas que dan fundamento a los mismos y; porque no se configura un perjuicio irremediable o de alguna situación excepcional que amerite la intervención del juez constitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (14 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia de segunda instancia del 21 de julio 2021, adoptada por el Juzgado Civil del Circuito de Caldas, Antioquia, que confirmó la decisión del 25 de junio de 2021, dictada por el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo Municipal de Caldas, y declaró la improcedencia de la acción de tutela, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente providencia judicial.
  3. Segundo. REVOCAR la sentencia de segunda instancia del 13 de agosto 2021, adoptada por el Juzgado Penal del Circuito de Caldas, Antioquia, que confirmó la decisión del 6 de julio de 2021, dictada por el Juzgado
  4. Segundo. Promiscuo Municipal de Caldas, que amparó los derechos fundamentales del ciudadano Hugo Alberto Rojas Castellanos. En su lugar, DECLARAR la improcedencia de la acción de tutela, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente sentencia.
  5. Tercero. LIBRAR, por la Secretaría General de la Corte Constitucional, la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí señalados.
  6. Comuníquese y cúmplase,
  7. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  8. Magistrada
  9. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  10. Magistrada
  11. Con salvamento de voto
  12. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  13. Magistrada
  14. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoGloria Stella Ortiz Delgado
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.