T-342 de 2023
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Argumedo Mercado Walberto Antonio·Demandado Direccion De Talento Humano De La Polica Nacional , Ministerio De Defensa , Policia Nacional Direccion De Sanidad
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional
- Obedecimiento de decisiones en relación con modalidades del servicio que prestan
- Reiteración de jurisprudencia
- Caso en que Policía Nacional traslada al accionante a otra ciudad, lo que impide continuar con estudios universitarios
- Reiteración de jurisprudencia
- Prevalencia del interés general por traslado de agente de policía que cursa estudios superiores
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El actor, quien es miembro activo de la Policía Nacional en el grado de patrullero, presentó la acción de tutela con el propósito de obtener la protección de los derechos fundamentales que considera vulnerados con la orden de traslado de unidad policial del departamento de Montería al departamento de Vichada, sin que el acto administrativo que ordenó tal situación fuera motivado o valorara que adelanta estudios universitarios, en una fase próxima a su culminación.
Se reitera jurisprudencia relacionada con el ius variandi en las plantas de personal globales y flexibles y el derecho fundamental a la educación.
Se CONCEDE el amparo invocado y se ordena a la entidad dejar sin efectos la orden de traslado del peticionario, de modo que le permita continuar sus estudios profesionales en la ciudad de Montería, mientras no existan razones de servicio que justifiquen el traslado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia de segunda instancia proferida por la Sala Cuarta de Decisión Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, el 25 de octubre de 2022, que declaró improcedente la solicitud de tutela. En su lugar, AMPARAR el derecho fundamental a la educación del señor Walberto Antonio Argumedo Mercado.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Policía Nacional -Dirección de Talento Humano- que, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de este fallo, deje sin efectos la Orden Administrativa Personal No. 22-2022 del 8 de agosto de 2022, en lo que respecta al traslado del señor Walberto Antonio Argumento Mercado a la unidad policial del Vichada, de modo que se le permita continuar sus estudios profesionales en la ciudad de Montería, mientras no existan razones de servicio que justifiquen el traslado.
- TERCERO. LÍBRAR por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.