Micelio
Sentencia de Tutela10 de febrero de 2016

T-046 de 2016

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Luz Amanda Pabon Calderon·Demandado Positiva Compañia De Seguros

Tema · dato duro
Pension De Sobreviviente. Improcedencia De La Accion De Tutela Para Reclamar Esta Prestacion, Por Incumplimiento Del Requisito De Subsidiariedad.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Para Reconocimiento De Pensión De Sobrevivientes
  • Procedencia excepcional cuando afecta derechos fundamentales
  • Improcedencia por cuanto no se cumple con el requisito de subsidiariedad y no se demostró un perjuicio irremediable
Derecho A La Seguridad Social
  • Naturaleza
  • Protección constitucional
  • Instrumentos internacionales que reconocen su importancia
Derecho A La Pensión De Sobrevivientes
  • Controversias sobre el reconocimiento entre cónyuge supérstite y compañero(a) permanente o varios compañeros(as) permanentes
  • Cónyuge y compañera permanente en proporción al tiempo de convivencia
  • Beneficiarios en caso de convivencia simultánea de causante con cónyuge y compañero(a) permanente en los últimos cinco años
Persona De La Tercera Edad Como Sujeto De Especial Proteccion Constitucional
  • Debe ser objeto de mayores garantías que permitan el goce y disfrute de sus derechos fundamentales
Pension De Sobrevivientes Cuando Existe Convivencia Simultanea
  • Jurisprudencia del Consejo de Estado
  • Reiteración de jurisprudencia
10 temas · 16 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se atribuye a la ARL Positiva Compañía de Seguros la vulneración de derechos fundamentales, al no reconocer a la demandante como compañera permanente del causante, a pesar de existir una sentencia judicial que así lo determinaba.

Igualmente, por negar el pago de la pensión de sobreviviente reclamada para ella y para su hija, quien para la fecha del deceso del progenitor era menor de edad.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

La procedencia de la acción de tutela para el reconocimiento de prestaciones económicas. 2º.

El derecho fundamental a la seguridad social. 3º.

La procedencia de la acción de tutela para el reconocimiento de una pensión de sobrevivientes y, 4º.

La naturaleza jurídica de esta prestación.

La Sala considera que la solicitud de amparo incoada deviene IMPROCEDENTE por no cumplir con los requisitos generales de procedencia fijados por la jurisprudencia, particularmente el relacionado con la subsidiariedad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia dictada por el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito de Barrancabermeja, el veintiuno (21) de septiembre de dos mil quince (2015), que revoco la sentencia emitida por el Juzgado
  3. Cuarto. Penal Municipal de Barrancabermeja, el quince (15) de agosto de dos mil quince (2015) que concedia el amparo solicitado por la senora Luz Amanda Pabon Calderon dentro de la accion de tutela promovida contra Positiva Compania de Seguros.
  4. Segundo. Por Secretaria General librar las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.