T-020 de 2014
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Xx·Demandado Corte Suprema De Justicia Sala Plena
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Refuerza el carácter individual del dato y evita que la información contenida en una base de datos se utilice para finalidades distintas a aquella que motiva su ex
- Definición
- Dimensión subjetiva y facultad del titular de la información de exigir la supresión de ésta de las bases de datos
- Tiene carácter reservado cualquier información o documento que involucre los derechos a la privacidad e intimidad de las personas
- Información personal contenida en las sentencias está sometida a los principios de finalidad, necesidad y circulación restringida
- Orden a la Relatoría CSJ reemplace o sustituya de las versiones que se encuentran publicadas en internet de la sentencia, el nombre de la accionante por letras o números que impidan su identificaci
- Vulneración por CSJ por cuanto mantiene información en su página web sobre una condena penal impuesta a la accionante
- Documento público de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento civil
- Las decisiones en firme podrán ser consultadas salvo que exista reserva legal sobre ellas
- Vulneración por información sensible o semiprivada en publicidad de sentencias judiciales en internet
- Clasificación
- Definición
- No podrá estar disponible o ser consulta generalizada, salvo la información pública
- Consulta en línea a través de la página web de la Policía Nacional, la puede realizar el titular de la información y está prohibido su acceso para verificar datos de terceros
- Nadie está obligado a su presentación para poder adelantar trámites ante organismos públicos o de carácter privado
- Naturaleza y funciones
- Se desconoce a través del uso generalizado a la consulta de decisiones judiciales que permite que terceras personas puedan acceder, sin nin
- Finalidad, necesidad, utilidad y circulación restringida
- Posibilidad de acceso de todas las personas en idénticas condiciones a la información judicial, sin importar en que parte del país viven y de la opción que tengan o no de dirigirse al l
- Importancia
- Entidades encargadas de manejarlas vulneran el derecho al habeas data de los demandantes al permitir que terceros no autorizados conozcan la existencia de antecedentes penales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se busca con la acción de tutela la protección de los derechos fundamentales al habeas data, a la dignidad humana y a la igualdad, los cuales se consideran vulnerados por la Corte Suprema de Justicia, en cuanto mantiene información en su página web sobre una condena penal impuesta en contra de la actora.
Plantea la accionante, que la anterior circunstancia ha conducido a la existencia de actos de discriminación, ya que ha visto frustradas varias oportunidades laborales y comerciales como resultado de esos registros.
Se aborda la siguiente temática: 1º.
Objeto, tipologías y principios que rigen el derecho al habeas data. 2º.
Naturaleza y funciones de los antecedentes judiciales y del certificado judicial y, 3º.
Puntos de encuentro entre el habeas data y las sentencias judiciales.
Precisa la Corte respecto a las sentencias judiciales, que si bien se admite que por su naturaleza son un documento público, cuando las mismas incorporen un dato que debe ser protegido, como ocurre con la información sensible o con los datos semiprivados, se debe establecer una regla de circulación restringida, con el fin de no generar una carga desproporcionada frente al titular de dicha información, en lo que respecta a la intimidad o al desarrollo de su derecho al trabajo, a la libertad de escoger profesión u oficio y/o a la libertad económica.
Se CONCEDE el amparo solicitado y se ordena a la accionada reemplazar o sustituir de las versiones que se encuentran publicadas en internet de la sentencia proferida por su Sala Penal, el nombre de la accionante por una sucesión de letras o números que impidan su identificación.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 4 de julio de 2013 por la Sala de Decisión de Tutelas de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que denegó el amparo solicitado por la señora XX contra la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia. En su lugar, por las razones expuestas en esta providencia, CONCEDER el amparo de su derecho fundamental al habeas data, en lo que respecta a la protección de los principios de finalidad y circulación restringida.
- Segundo. ORDENAR a la Relatoría de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que en un plazo máximo de ocho (8) días contados a partir de la notificación de esta sentencia, respecto de los soportes de la Rama Judicial, reemplace o sustituya de las versiones que se encuentra publicadas en internet de la sentencia proferida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia del 15 de noviembre de 2000, el nombre de la accionante, por una sucesión de letras o números que impidan su identificación.
- Tercero. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.