Micelio

Providencias que cita

T-018/23 invoca estas providencias en su argumentación. · 62 en total.

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T-794/11Tutela2011
T-786/11Tutela2011
T-464/11Tutela2011
T-288/11Tutela2011
T-209/11Tutela2011
T-082/11Tutela2011
SU.448/11Unificación2011
C-634/11Constitucionalidad2011

Fuerza Vinculante De La Jurisprudencia De La Corte Constitucional Para Las Autoridades Administrativas En El Ejercicio De Sus Competencias. Omisión Legislativa Relativa

C-574/11Constitucionalidad2011

Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Prohibicion Del Porte Y Consumo De Sustancias Estupefacientes O Sicotropicas Establecida En El Acto Legislativo 2 De 2009

C-372/11Constitucionalidad2011

Recurso Extraordinario De Casacion Laboral. Aumento De La Cuantía Para Acceder Al Recurso Como Medida De Descongestión Judicial Vulnera Derechos Fundamentales De Los Trabajadores

T-452/10Tutela2010
T-217/10Tutela2010
T-161/10Tutela2010
T-590/09Tutela2009
T-436/09Tutela2009
T-766/08Tutela2008
T-216/08Tutela2008

Derecho A La Salud Y A La Libertad De Decision Autonoma De Pensionado De La Armada Nacional Que Padece De Enfermedad Denominada Pseudomixoma Peritoneal O Neoplasia (Cancer) Y Que Se Niega A Someterse A Cirugia Ordenada Por El Medico Cirujano Adscrito A La Entidad Demandada, En Razon A Que, Del Informe Medico Que Contiene La Descripcion Del Procedimiento, Se Establece Que Existe Solo Un 20% De Probabilidades De Exito En El Resultado De La Misma, Por Lo Que Solicito El Tratamiento Paliativo -Paracentesis Abdominal Descomprensiva- El Cual, Pese A Llevarse A Cabo En El Hospital Departamental San Juan De Dios De Puerto Carreño, Fue Rechazado Por La Entidad Al Estimar Que La Institucion Hospitalaria No Cuenta Con La Infraestructura Necesaria Para La Realizacion Del Procedimiento Y Sugiere Que El Actor Sea Trasladado A Bogota.<br>para La Corte, El Derecho A La Salud Comprende La Posibilidad De Escoger De Manera Libre Y Autonoma Si Se Practica O No Un Determinado Tratamiento, Lo Anterior Condicionado Al Consentimiento Informado. La Sala Concluyo Que En Vista De Que El Paciente Habia Recibido La Informacion Suficiente Sobre Su Patologia, En Aras De Proteger Su Derecho A La Vida Digna Y A La Libre Autodeterminacion, No Puede Ser Obligado A Ceñirse A Las Alternativas Medicas Propuestas Por El Medico Tratante. <br>concedida

T-211/08Tutela2008
T-087/07Tutela2007
T-086/07Tutela2007
T-049/07Tutela2007
T-292/06Tutela2006
T-902/05Tutela2005
T-136/05Tutela2005
T-1229/05Tutela2005