T-209 de 2011
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Diogenes Riaño·Demandado Juzgado Segundo Laboral De Descongestion De Bogota Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos de procedibilidad
- Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos y condiciones necesarias para su procedencia
- Orden al ISS para indexar la pensión del accionante
- Únicamente para quienes cumplieron los requisitos con posterioridad a la vigencia de la Constitución Política de 1991, constituye trato discriminatorio y vulnera derechos constitucionales
- Reiteración de jurisprudencia
- Beneficio se aplica a las pensiones reconocidas en cualquier tiempo, sin que importe su origen convencional o legal
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Indexación primera mesada pensional.
Tutela contra providencia judicial.
Dentro de una acción ordinaria laboral adelantada por el accionante en contra del ISS, mediante la cual pretendía la indexación de la primera mesada pensional, los despachos judiciales de primera y segunda instancia decidieron negar las pretensiones de la demanda, bajo el argumento de que la indexación solicitada era para pensiones causadas a partir de la vigencia de la Constitución de 1991, situación en la que no se enmarcaba el demandante, en tanto la prestación le fue reconocida en 1990.
Luego de determinar la procedencia de la acción de tutela, la Sala estima que el fallo atacado constituye una vía de hecho por concurrencia de un defecto material o sustantivo, con una violación directa de la Constitución Política y un desconocimiento del precedente judicial.
Se CONCEDE el amparo solicitado y se revoca el fallo de segunda instancia que por vía ordinaria, confirmó la decisión de negar la indexación solicitada.
Con base en los principios de celeridad y eficacia, se ordena directamente al ISS indexar la primera mesada pensional del actor, de conformidad con lo dispuesto en la sentencia T-098/05.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia de tutela proferida por la Sala de Decision de Tutelas de la Corte Suprema de Justicia, el 12 de octubre de 2010, y en su lugar, CONCEDER el amparo del derecho a la indexacion de la primera mesada pensional de Diogenes Riano, en la accion de tutela instaurada contra el Juzgado
- Segundo. Laboral de Descongestion de Bogota D.C., el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Descongestion de Bogota, D.C., Sala Laboral, y el Instituto de Seguros Sociales.
- Segundo. REVOCAR el fallo de segunda instancia que por via ordinaria profirio la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Descongestion de Bogota, el 30 de abril de 2010,mediante el cual se confirmo la sentencia del 24 de octubre de 2008 proferida por el Juzgado
- Segundo. Laboral de Descongestion del Circuito de Bogota.
- Tercero. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales indexar, dentro del termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente providencia, la primera mesada pensional del ciudadano Diogenes Riano, de conformidad con la sentencia T-098 de 2005.
- Cuarto. DECLARAR la prescripcion de las mesadas pensionales causadas con anterioridad al 3 de enero de 2004.
- Quinto. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales pagar, dentro del termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente providencia, al ciudadano Diogenes Riano identificado con CC Ndeg 117352, las mesadas pensionales indexadas causadas a partir del 3 de enero de 2004.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.