Micelio
Sentencia de Constitucionalidad21 de noviembre de 2018Sala Plena

C-126 de 2018

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Carlos Saul Sierra Niño·Demandado Ley 136 De 1994

Tema · dato duro
Contralor Municipal. Inhabilidad Para Ser Elegido En Este Cargo A Quien Ha Sido Contralor O Auditor De La Contraloría Municipal En Todo O Parte Del Período Inmediatamente Anterior, Como Titular O Como Encargado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Auditor General De La Republica
  • Vigilancia de contralorías municipales y distritales
Contraloria Municipal Y Distrital
  • Autonomía administrativa, presupuestal y contractual
Encargo
  • Concepto
  • Alcance
Contralor Municipal
  • Encargo
  • Inhabilidades
Inhabilidades Para Contralor Municipal
  • Inexequibilidad de la expresión “o como encargado”
10 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 163 parcial de la Ley 136 de 1994, por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios.

El demandante considera que la expresión “o como encargado” vulnera los artículos 13 y 40-7 de la Constitución Política.

Le correspondió a la Corte entrar a determinar si el Legislador vulneró los derechos a la igualdad y de acceso al desempeño de funciones y cargos públicos, al inhabilitar a una persona para ser elegida como Contralor Municipal o Distrital, cuando ha ejercido, en condición de encargo, el mismo cargo de Contralor o el de Auditor de la respectiva contraloría municipal o distrital durante cualquier momento del período legal inmediatamente anterior, sin diferenciar el trato que se le otorga a dicho funcionario frente de quien ha ejercido como titular los mismos cargos.

Así mismo, analizar si también se trasgreden las mencionadas garantías constitucionales al establecer dicha inhabilidad no obstante que, conforme lo prevé el ordenamiento jurídico, salvo que exista una inhabilidad de distinta naturaleza, cualquier funcionario público del orden municipal o distrital puede aspirar a ser elegido contralor del respectivo ente territorial cuando ha hecho dejación de su cargo un año antes de la respectiva elección.

La Corte concluye que el Legislador violó la Constitución Política en sus artículos 13 y 40 y 272, inciso 8º cuando previó que aquellos que hubieran fungido, en condición de encargo, como contralores o auditores de la Contraloría de un mismo municipio durante cualquier momento del periodo anterior, se encontrarían inhabilitados para ser elegidos como contralores municipales titulares para el próximo período legal.

Se declara la INEXEQUIBILIDAD de la frase acusada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 136/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 163Ley 136/94INEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (24 puntos)
  1. Declárase INEXEQUIBLE la expresión "o como encargado" del literal a) del artículo 163 de la Ley 136 de 1994.
  2. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  3. Presidente
  4. Con aclaración de voto
  5. CARLOS BERNAL PULIDO
  6. Magistrado
  7. Con salvamento de voto
  8. DIANA FAJARDO RIVERA
  9. Magistrada
  10. LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ
  11. Magistrado
  12. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  13. Magistrado
  14. Con aclaración de voto
  15. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  16. Magistrada
  17. Ausente con permiso
  18. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  19. Magistrada
  20. JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
  21. Magistrado
  22. ALBERTO ROJAS RÍOS
  23. Magistrado
  24. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoCarlos Libardo Bernal Pulido
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.