Micelio

Artículo 163

Ley 136 de 1994 · por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios

3 sentencias lo revisaron1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artí­culo 163.- Inhabilidades. No podrá ser elegido Contralor, quien:

a)

Haya sido Contralor o Auditor de la Contralorí a Municipal en todo o parte del periodo inmediatamente anterior, como titular o como encargado ;

b)

Haya sido miembro de los tribunales que hagan la postulación o del Concejo que deba hacer la elección , dentro de los tres años anteriores;

c)

Esté incurso dentro de las inhabilidades señaladas en el artí­culo 95 y parágrafo de esta Ley, en lo que sea aplicable.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

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