T-333 de 2009
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Maria Angelica Arias Ayala·Demandado Secretaria De Salud De Tolima
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Deber de aportar información al juez de tutela para establecer la capacidad capacidad socioeconómica del paciente que requiere servicios de salud
- Carencia de recursos económicos no puede no pueden convertirse en barreras de acceso al servicio para personas que no tiene recursos económicos
- Requisitos para su acceso
- Capacidad económica no puede constituir barreras de acceso a los servicios no obstante la razonabilidad de los pagos exigidos
- Condiciones en las cuales la vulneración es tutelable
- Reiteración de jurisprudencia
- Deber de la Secretaría Departamental de Salud de disponer todo lo necesario para la práctica de angioplastia derecha con implantación de Sten en arteria coronaria
- Pagos moderadores
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud cuyo amparo reclama afiliada a la empresa promotora de salud demandada, en vista de su negativa respecto de la solicitud de autorizacion del procedimiento angioplastia coronaria e implante de stent medicado, prescrito por especialista tratante. <br>en vista de que la prestacion reclamada hace parte del pos y en consonancia con lo dispuesto al respecto en sentecia t-760 de 2008, se ordeno a la entidad demandada disponer todo lo necesario para la realizacion de la misma. <br>concedida <br>
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Ibagué (Tolima), proferido el catorce (14) de noviembre de dos mil ocho (2008) en el presente asunto y en su lugar, CONCEDER la tutela del derecho fundamental a la salud de María Angélica Arias Ayala.
- Segundo. ORDENAR a la Secretaría Departamental de Salud de Tolima, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo proceda, si aún no lo ha hecho, a disponer todo lo necesario para que la Angioplastia derecha con implantación de Stent en arteria coronaria que requiere la accionante, de acuerdo a la prescripción hecha por el médico tratante en razón a la Cardiopatía Isquémica que padece, le sea practicada por intermedio de la institución pública o privada con la cual está entidad tenga suscrito el correspondiente contrato de prestación de este servicio, sin que para el caso sean exigidos los pagos moderadores a la actora.
- Tercero. ORDENAR a la Secretaría Departamental de Salud de Tolima, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo proceda, si aún no lo ha hecho, a disponer todo lo necesario para que a la accionante le sea entregado el medicamento Clopidogrel -Plavix o Iscover- 75 MG día, Asa y Estatinas en forma indefinida e Eicas según su estado clínico, en los términos y condiciones indicados por su médico tratante.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.