T-332 de 2009
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Beatriz De La Hoz De Solina·Demandado Eps Sanitas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- En conflictos sobre medicamentos excluidos del POS prevalece los que ha ordenado el médico
- Deber de aportar información al juez de tutela para establecer la capacidad socioeconómica del paciente que requiere servicios de salud
- Reembolso de solo la mitad de los costos no cubiertos por el POS cuando una EPS sea obligada mediante acción de tutela al suministro de medicamentos y demás servicios médicos y prestaciones de salud prescritos por el médico trat
- Beneficiarios del servicio de salud
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud que se informa conculcado por empresa promotora de salud demandada por su oposicion frente a la solicitud de autorizacion del suministro del medicamente ibandronico acido (bonviva) prescrito a favor de la actora por medico tratante. <br>en vista de que, en relacion con el caso de la petente, se cumplen las subreglas reunidas en la sentencia t-760/08, se resolvio ordenar a la misma la entrega de la prestacion reclamada. <br>concedida <br>
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
- Sexto. Penal Municipal de Barranquilla, el seis (6) de marzo de dos mil nueve (2009), en el presente asunto y en su lugar, CONCEDER la tutela del derecho fundamental a la salud de Beatriz de la Hoz de Solina.
- Segundo. ORDENAR a la EPS Sanitas, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo proceda, si aún no lo ha hecho, a suministrar medicamento Ácido Ibandrónico (Bonviva) que requiere la accionante, en los términos y condiciones definidos por su médico tratante. En este caso, sólo procederá ante el FOSYGA el reembolso de la mitad de los costos no cubiertos en los términos señalados por esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.