T-016 de 2006
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Susana Del Carmen Pupo De Rosania Vs. Tribunal Superior De Barranquilla Sala Civil Y Corte Suprema De Justicia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Al no admitir su trámite las diferentes salas de casación vulneran derechos fundamentales
- Causales genéricas de procedibilidad
- Evolución jurisprudencial respecto a la inmediatez
- Evolución jurisprudencial
- Término razonable de presentación
- Procedencia excepcional
- Derecho de acudir ante juez unipersonal o colegiado para interponer tutela contra actuaciones de salas de casación de la Corte Suprema de Justicia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso dentro de tramite de proceso ordinario de la sociedad salcedo ltda contra el banco de la republica por la decisión de los despachos de revocar la sentencia de primera instancia declarándose probada la excepcion de inexistencia de contrato de obra entre el banco de la republica y salcedo ltda y probado el mutuo disentimiento de las partes repecto del negocio jurídico.
La accionante que adquirio los derechos litigiosos de la sociedad salcedo ltda solicita se ordene a la corte suprema de justicia casar la sentencia del tribunal de barranquilla dado que no se valoraron los hechos y pruebas que permitirian unas conclusiones distintas.
Procedencia excepcional de la acción de tutela contra acciones u omisiones judiciales.
La jurisprudencia de la corte acerca de la improcedencia de la acción de tutela por falta de inmediatez de la misma.
Improcedencia de la acción de tutela en el presente caso.
En este caso no se encuentra ninguna razón extraordinaria que justifique el retardo en la instauración de la acción ni que demuestre la urgencia de que el juez constitucional se pronuncie sobre la demanda.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. Confirmar la sentencia de tutela proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, el dia 22 de Junio de 2005, mediante la cual se declaro la improcedencia de la accion de tutela incoada por Susana del Carmen Pupo de Rosania contra la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia.
- Segundo. Para garantizar la efectividad de la accion de tutela, el Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca notificara esta sentencia dentro de los cinco(5) dias siguientes a la recepcion de la comunicacion a la que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Tercero. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.