Micelio
Sentencia de Tutela20 de enero de 2012

T-014 de 2012

Ponente Juan Carlos Henao Pérez

Demandante Hector Fabio Rodriguez Venegas Representado Por Sus Curador Olmedo Rodriguez Venegas·Demandado Cajanal

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

12 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Mínimo vital, seguridad social.

A través de la agencia oficiosa se presenta la acción constitucional a favor de una persona de más de 60 años de edad, que fue calificada con una pérdida de la capacidad laboral del 60% a raíz de una esquizofrenia paranoide, lo cual condujo a que judicialmente se declarara interdicto.

En la demanda de tutela se alega vulneración de derechos fundamentales por parte de CAJANAL, en tanto negó al representado la pensión de sobrevivientes bajo el supuesto de que en la calificación de invalidez la fecha de estructuración era posterior al deceso de su progenitora, lo que conllevaba al incumplimiento de los requisitos legales y jurisprudenciales establecidos para acceder a la precitada prestación.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

Procedencia de la acción de tutela para solicitar el reconocimiento y pago de la sustitución pensional y, 2º.

Jurisprudencia constitucional sobre la pensión de sobrevivientes en hijos discapacitados que dependen económicamente de sus padres, específicamente, la incidencia sobre la misma, de la fecha de es estructuración de la invalidez.

Se CONCEDE el amparo solicitado y se ordena a la accionada remitir el caso a la Junta Nacional de Calificación de Invalidez para que emita otro dictamen y a la luz de éste, valore nuevamente las condiciones particulares del representado, de tal manera que se establezca con precisión su titularidad respecto de la pensión de sobrevivientes de su progenitora.

Se indica que, en el evento en que dicho concepto se establezca que esta fecha es anterior al deceso de la causante, se debe conceder la prestación reclamada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Ibague el 22 de julio de 2011, mediante la cual decidio confirmar la sentencia proferida por el juez de primera instancia la cual a su vez habia denegado el amparo de los derechos fundamentales del senor Hector Fabio Rodriguez Venegas, y en su lugar, CONCEDER el amparo a los derechos fundamentales del accionante.
  2. Segundo. ORDENAR a la Caja Nacional de Prevision Social, CAJANAL, a que, dentro de los quince (15) dias siguientes a la notificacion de esta providencia, remita el caso del senor Hector Fabio Rodriguez Venegas ante la Junta Nacional de Calificacion de Invalidez con el proposito de que emita otro dictamen de perdida de la capacidad laboral, que tenga en cuenta las inquietudes y la historia clinica y laboral del actor, a efectos de precisar de manera adecuada la fecha de estructuracion de la invalidez. Asi mismo, que a la luz del nuevo dictamen valore nuevamente las condiciones particulares del senor Hector Fabio Rodriguez Venegas de tal manera que se establezca con precision su titularidad respecto de la pension de sobreviviente de la senora Emelia Venegas de Rodriguez. En la eventualidad de que dicho concepto establezca que esta fecha es anterior al deceso de su madre, CONCEDER la pension de sobrevivientes al senor Hector Fabio Rodriguez Venegas, dentro de los quince (15) dias siguientes a la notificacion del mentado dictamen.
  3. Tercero. ORDENAR a la Caja Nacional de Prevision Social, CAJANAL, que le informe a esta Corporacion una vez haya cumplido con las ordenes proferidas en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.