Micelio
Sentencia de Tutela18 de enero de 2007

T-001 de 2007

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Jaime Alberto Orozco Puerta Vs. Juzgado Segundo Penal Del Circuito Especializado De Descongestion De Bogota Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Extincion De Dominio
  • Naturaleza
  • Desarrollo legal
Derechos Fundamentales
  • No se vulneran como consecuencia de una decisión de extinción de dominio
Enfermo De Sida En Proceso De Extincion De Dominio
  • Puede llevar adecuadamente su defensa y atender la evaluación del proceso
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • No se tuvo en cuenta la evolución jurisprudencial respecto al reemplazo de la expresión "vía de hecho" por la de "causales genéricas de procedibilidad"
  • Procedencia excepcional
Derecho A La Defensa Tecnica
  • Garantía del debido proceso
  • Real efectividad
Recurso De Amparo De Pobreza
  • Asesoría y representación jurídica gratuita
7 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso la igualdad la dignidad humana al principio de buena fe al minimo vital y a la vivienda digna de persona que adquirio inmueble de manera licita y de buena fe inmueble que posteriormente fue afectado con medida de extincion de dominio expedida por el fiscal adscrito a la unidad para la extincion del derecho de dominio y contra el lavado de activos y quien durante el tramite no ha contado con defensa tecnica adecuada.tutela contra providencias judiciales.

La procedencia de la accion de tutela en contra de decisiones judiciales es excepcionalisima.

El principio de inmediatez en la incoacion de la accion de tutela.

Las caracteristicas de la accion de extincion de dominio y su validez constitucional.

Frente a la fiel aplicacion a un caso concreto de las reglas establecidas en las leyes 333 de 1996 y 793 de 2002 y pese a la reconocida gravedad de sus consecuencias no es posible especular sobre eventuales vulneraciones al debido proceso ni a la buena fe como soporte de proteccion constitucional mediante la accion de tutela salvo que se observe y se compruebe debidamente la ocurrencia de situaciones que constituyan actuaciones de hecho.

La accion de extincion de dominio no tiene caracter penal sino patrimonial y es claro que no se extienden a ella todas las garantias propias de los procesos penales o no con la misma intensidad.en el presente caso no se observa actuacion de hecho alguna.negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. MODIFICAR la sentencia proferida por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia de fecha 1deg de agosto de 2006, unicamente en el sentido de NEGAR la proteccion solicitada mediante la accion de tutela promovida por Jaime Alberto Orozco Puerta contra el Juzgado
  2. Segundo. Penal del Circuito Especializado de Descongestion de Bogota y/o el Ministerio del Interior y de Justicia - Direccion Nacional de Estupefacientes.
  3. Segundo. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
  4. Tercero.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónHumberto Antonio Sierra Porto
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.