Micelio
Sentencia de Unificación11 de septiembre de 2003Sala Plena

SU- de 2003

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Manuel Antonio Dueñas Narvaez Y Otros Vs. Universidad Cooperativa De Colombia Y Otras

Tema · dato duro
Derechos A La Educacion Trabajo Y Libertad De Escoger Profesion U Oficio. Solicitud Titulo De Abogado Sin Presentar Examenes Preparatorios. Cumplimiento De Requisitos. Realizacion De Monografia O Judicatura. Autonomia Universitaria. Riesgo Social Del Ejer
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Autonomía Universitaria
  • Establecimiento de requisitos
  • Definición de criterios y sistema de calificación de estudiantes
  • Exigencia de requisitos que garanticen la mejor calidad de educación
  • No da fundamento para establecer exámenes preparatorios
  • Libertad de exigir pruebas de conocimiento, preparatorios, cursos e idiomas
Corte Constitucional
  • Competencia para darle efectos Inter Pares a sus providencias
Derecho A La Igualdad De Estudiante De Derecho
  • Discriminación por imponerse requisitos que no se exigen a otras profesiones
Estado Social De Derecho
  • Libertad del individuo
Fallo De Tutela
  • Competencia exclusiva de la Corte para fijar alcance de los fallos
Legislador
  • Regulación de exámenes preparatorios
Libertad De Escoger Profesion U Oficio
  • Reserva de ley
  • Legislador es el competente para exigir requisitos para el grado
Universidad
  • Fijación de exámenes preparatorios para obtener título de abogado
Abogado
  • Posibilidad de las universidades de exigir mayores requisitos para obtener el grado
Derecho A La Educación
  • Implica el deber de cumplir los reglamentos educativos
11 temas · 16 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (15 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del Juzgado 2o Penal del Circuito de Pasto del 17 de marzo de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educacion, el trabajo y la libertad de escoger profesion u oficio del senor Albeiro Araujo Ordonez.
  2. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogado del senor Albeiro Araujo Ordonez, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 17 de marzo de 2003 del Juzgado 2o Penal del Circuito de Pasto.
  3. TERCERO. REVOCAR la sentencia del Juzgado 2o Penal del Circuito de Pasto del 17 de marzo de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educacion, el trabajo y la libertad de escoger profesion u oficio del senor Manuel Antonio Duenas Narvaez.
  4. CUARTO. DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogado del senor Manuel Antonio Duenas Narvaez, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 17 de marzo de 2003 del Juzgado 2o Penal del Circuito de Pasto.
  5. QUINTO. REVOCAR la sentencia del Juzgado 4o Civil del Circuito de Tunja del 20 de marzo de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educacion, el trabajo y la libertad de escoger profesion u oficio del senor Angel Francisco Ramirez Lopez.
  6. SEXTO. DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogado del senor Angel Francisco Ramirez Lopez, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 20 de marzo de 2003 del Juzgado 4o Civil del Circuito de Tunja.
  7. SEPTIMO. DEJAR SIN EFECTOS la providencia del Juez 4o Civil del Circuito de Tunja del 28 de marzo de 2003 y, en consecuencia, DEJAR SIN EFECTOS los grados de los estudiantes de la facultad de derecho que se hayan surtido en la Fundacion Universitaria de Tunja en virtud del cumplimiento de tal providencia.
  8. OCTAVO. REVOCAR la sentencia del Juzgado 3o Penal del Circuito de Pasto del 28 de marzo de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educacion, el trabajo y la libertad de escoger profesion u oficio de la senora Zuleny Marina Duarte Fajardo.
  9. NOVEMO: DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogada de la senora Zuleny Marina Duarte Fajardo, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 28 de marzo de 2003 del Juzgado 3o Penal del Circuito de Pasto.
  10. DECIMO. REVOCAR la sentencia del Juzgado 3o Penal del Circuito de Pasto del 9 de abril de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educacion, el trabajo y la libertad de escoger profesion u oficio de la senora Maria del Rosario Garzon Barahona.
  11. DECIMOPRIMERO: DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogada de la senora Maria del Rosario Garzon Barahona, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 9 de abril de 2003 del Juzgado 3o Penal del Circuito de Pasto.
  12. DECIMOSEGUNDO: REVOCAR la sentencia del Juzgado 5o Penal del Circuito de Cali del 2 de mayo de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educacion, el trabajo y la libertad de escoger profesion u oficio del senor Luis Fernando Garcia Hernandez.
  13. DECIMOTERCERO: DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogado del senor Luis Fernando Garcia Hernandez, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 2 de mayo de 2003 del Juzgado 5o Penal del Circuito de Cali.
  14. DECIMOCUARTO: Conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta sentencia, esta decision produce efectos inter pares.
  15. DECIMOQUINTO: Para los efectos del articulo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hara las notificaciones y tomara las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoRodrigo Escobar Gil
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por50
T-323/24Uso De Herramientas De Inteligencia Artificial Generativas Para La Toma De Decisiones-Garantía De Tratamiento Integral Para Niños, Niñas Y Adolescentes Con Diagnóstico De Trastorno Del Espectro Autista (Suministro De Trasporte, Exoneración De Copagos Y Cuotas Recuperadoras).SU.107/24Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Materia Pensional (Ineficacia Del Traslado Del Régimen De Prima Media Al De Ahorro Individual, Por Información Deficiente)-Reglas Jurisprudenciales Para Regresar Al Régimen De Prima Media Con Prestación Definida (Sentencia Con Efecto Inter ComunisT-410/23Derecho A La Educación De Niños, Niñas Y Adolescentes-Concede Amparo Por Amenaza De Los Componentes De Adaptabilidad, Disponibilidad Y Accesibilidad De La Oferta Educativa.T-337/23Amparo De La Dignidad Humana, Derecho A La Salud, Educación, Trabajo, Vida Digna Y Vivienda Digna-Instalación Y Prestación Del Servicio Público Esencial De Energía Eléctrica En Vereda Campesina.T-247/23Derechos Fundamentales Y Colectivos De Comunidad Indígena A La Libre Autodeterminación, Identidad Étnica Y Cultural, Acceso A Información Pública, Participación Efectiva, Medio Ambiente Y Salud Humana- Concede Amparo Y Expide Órdenes Particulares Y Generales Para Conservación Y Producción De Semillas De Maíz Nativas Y Criollas.T-179/23Derecho A La Educación Superior, Autonomía Universitaria, Diversidad Étnica Y Cultural-Niega Amparo, Requisito De Grado (Suficiencia Lengua Extranjera) No Trasgrede El Principio De Igualdad A Estudiante Indígena.
Ver las 50

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.