SU- de 2003
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Manuel Antonio Dueñas Narvaez Y Otros Vs. Universidad Cooperativa De Colombia Y Otras
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Establecimiento de requisitos
- Definición de criterios y sistema de calificación de estudiantes
- Exigencia de requisitos que garanticen la mejor calidad de educación
- No da fundamento para establecer exámenes preparatorios
- Libertad de exigir pruebas de conocimiento, preparatorios, cursos e idiomas
- Competencia para darle efectos Inter Pares a sus providencias
- Discriminación por imponerse requisitos que no se exigen a otras profesiones
- Libertad del individuo
- Competencia exclusiva de la Corte para fijar alcance de los fallos
- Regulación de exámenes preparatorios
- Reserva de ley
- Legislador es el competente para exigir requisitos para el grado
- Fijación de exámenes preparatorios para obtener título de abogado
- Posibilidad de las universidades de exigir mayores requisitos para obtener el grado
- Implica el deber de cumplir los reglamentos educativos
- Efecto inter pares
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (15 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del Juzgado 2o Penal del Circuito de Pasto del 17 de marzo de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educacion, el trabajo y la libertad de escoger profesion u oficio del senor Albeiro Araujo Ordonez.
- SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogado del senor Albeiro Araujo Ordonez, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 17 de marzo de 2003 del Juzgado 2o Penal del Circuito de Pasto.
- TERCERO. REVOCAR la sentencia del Juzgado 2o Penal del Circuito de Pasto del 17 de marzo de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educacion, el trabajo y la libertad de escoger profesion u oficio del senor Manuel Antonio Duenas Narvaez.
- CUARTO. DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogado del senor Manuel Antonio Duenas Narvaez, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 17 de marzo de 2003 del Juzgado 2o Penal del Circuito de Pasto.
- QUINTO. REVOCAR la sentencia del Juzgado 4o Civil del Circuito de Tunja del 20 de marzo de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educacion, el trabajo y la libertad de escoger profesion u oficio del senor Angel Francisco Ramirez Lopez.
- SEXTO. DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogado del senor Angel Francisco Ramirez Lopez, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 20 de marzo de 2003 del Juzgado 4o Civil del Circuito de Tunja.
- SEPTIMO. DEJAR SIN EFECTOS la providencia del Juez 4o Civil del Circuito de Tunja del 28 de marzo de 2003 y, en consecuencia, DEJAR SIN EFECTOS los grados de los estudiantes de la facultad de derecho que se hayan surtido en la Fundacion Universitaria de Tunja en virtud del cumplimiento de tal providencia.
- OCTAVO. REVOCAR la sentencia del Juzgado 3o Penal del Circuito de Pasto del 28 de marzo de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educacion, el trabajo y la libertad de escoger profesion u oficio de la senora Zuleny Marina Duarte Fajardo.
- NOVEMO: DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogada de la senora Zuleny Marina Duarte Fajardo, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 28 de marzo de 2003 del Juzgado 3o Penal del Circuito de Pasto.
- DECIMO. REVOCAR la sentencia del Juzgado 3o Penal del Circuito de Pasto del 9 de abril de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educacion, el trabajo y la libertad de escoger profesion u oficio de la senora Maria del Rosario Garzon Barahona.
- DECIMOPRIMERO: DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogada de la senora Maria del Rosario Garzon Barahona, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 9 de abril de 2003 del Juzgado 3o Penal del Circuito de Pasto.
- DECIMOSEGUNDO: REVOCAR la sentencia del Juzgado 5o Penal del Circuito de Cali del 2 de mayo de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educacion, el trabajo y la libertad de escoger profesion u oficio del senor Luis Fernando Garcia Hernandez.
- DECIMOTERCERO: DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogado del senor Luis Fernando Garcia Hernandez, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 2 de mayo de 2003 del Juzgado 5o Penal del Circuito de Cali.
- DECIMOCUARTO: Conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta sentencia, esta decision produce efectos inter pares.
- DECIMOQUINTO: Para los efectos del articulo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hara las notificaciones y tomara las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.