C-901 de 2011
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Armando Enrique Colon Cardenas·Demandado Ley 1438 De 2011 (Paragrafo Transitorio Del Articulo 103)
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Clasificación
- Definición
- Definición
- Definición
- Derogatoria
- Inhibición por derogatoria tácita
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de Inconstitucionalidad contra el parágrafo transitorio del artículo 103 de la Ley 1438 de 2011, Por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones.
El demandante centra la acusación en el parágrafo del artículo 103, el cual establece la vigencia de la prohibición de vincular personal misional permanente de las instituciones públicas prestadoras de salud, mediante cooperativas de trabajo asociado que hagan intermediación laboral.
La Corte no encuentra fundamento alguno para realizar pronunciamiento de fondo, ya que lo acusado fue derogado tácitamente por el artículo 276 de la Ley 1450 de 2011 y está produciendo efectos jurídicos.
Decide INHIBIRSE de emitir pronunciamiento alguno.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1438/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- INHIBIRSE de pronunciarse de fondo sobre el parágrafo transitorio del artículo 103 de la Ley 1438 de 2011, por haber sido derogado tácitamente por el artículo 276 de la Ley 1450 de 2011 y no encontrarse produciendo efectos jurídicos.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.