Micelio
Sentencia de Constitucionalidad23 de agosto de 2005Sala Plena

C-875 de 2005

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Jhon Alirio Pinzon Pinzon

Tema · dato duro
Beneficio Fiscal. Exclusión De Compañero O Compañera Permanente Desconoce El Principio De Igualdad Familiar
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Demanda De Inconstitucionalidad Por Omision Legislativa Relativa
  • Competencia de la Corte Constitucional
  • Requisitos para la prosperidad del examen
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Deber de certeza de los cargos de inconstitucionalidad
Entidades Territoriales
  • Establecimiento de tributos y contribuciones
Familia
  • Aspectos en que se manifiesta la protección especial
  • Constitución por vínculos naturales o jurídicos
Matrimonio
  • Vínculo jurídico
Beneficio Fiscal
  • Exclusión de compañero o compañera permanente desconoce el principio de igualdad familiar
Derecho A La Igualdad De La Familia
  • Consagración constitucional
Juicio Estricto De Igualdad
  • Desigualdad de trato fundamentada en origen familiar
  • Elementos
Matrimonio Y Union Marital De Hecho
  • Consentimiento como diferencia esencial
Principio De Igualdad En Materia Tributaria
  • Beneficios fiscales reconocidos a deudores morosos
Principio De Igualdad Familiar
  • Legislador no puede consagrar trato diferenciado entre cónyuges y compañeros permanentes por el simple origen de la relación familiar
19 temas · 22 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Decreto 624 de 1989 articulos 8 108-1 238 y 387 (parciales) conforme a las modificaciones realizadas por la ley 6ª de 1992.

Se expide el estatuto tributario de los impuestos administrados por la dirección general de impuestos nacionales.

Los cónyuges se gravan en forma individual.

Deducción por pagos a viudas y huérfanos de miembros de las fuerzas armadas muertos en combate secuestrados o desaparecidos.

Diferencia patrimonial en la primera declaración.

Retencion en la fuente.

De la potestad de configuracion normativa del legislador en materia tributaria.

La institución familiar en la carta política.

Como la vulneracion del principio constitucional a la igualdad familiar se soporta en una omisión legislativa relativa en el presente caso con el fin de garantizar la supremacía del texto superior y en especifico de los articulo 13 y 42 la corte procedera a declarar la exequibilidad condicionada.

Exequibles en el entendido que dichas disposiciones deben ser igualmente aplicables respecto de la sociedad patrimonial que surge entre compañeros o compañeras permanentes

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 624/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 108Decreto 624/89 «que dichas disposiciones deben ser igualmente aplicables respecto de la sociedad patrimonial que surge entre compañeros o compañeras permanentes que reúnan esa condición conforme a la ley vigente.»EXEQUIBLE· condicionado
Art. 387Decreto 624/89EXEQUIBLE
Art. 8Decreto 624/89 «que dichas disposiciones deben ser igualmente aplicables respecto de la sociedad patrimonial que surge entre compañeros o compañeras permanentes que reúnan esa condición conforme a la ley vigente.»EXEQUIBLE· condicionado
Sobre toda la normaLey 788/02EXEQUIBLE
9 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Por los cargos analizados, declarar EXEQUIBLES los articulos 8deg, 108-1, 238 y 387 del Decreto 624 de 1989, conforme a las modificaciones realizadas por la Ley 6a de 1992, en el entendido que dichas disposiciones deben ser igualmente aplicables respecto de la sociedad patrimonial que surge entre companeros o companeras permanentes que reunan esa condicion conforme a la ley vigente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.