C-875 de 2005
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Jhon Alirio Pinzon Pinzon
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de la Corte Constitucional
- Requisitos para la prosperidad del examen
- Incompetencia de la Corte Constitucional
- Deber de certeza de los cargos de inconstitucionalidad
- Establecimiento de tributos y contribuciones
- Aspectos en que se manifiesta la protección especial
- Constitución por vínculos naturales o jurídicos
- Vínculo jurídico
- Compañeros permanentes
- Aplicación
- Exclusión de compañero o compañera permanente desconoce el principio de igualdad familiar
- Consagración constitucional
- Desigualdad de trato fundamentada en origen familiar
- Elementos
- Consentimiento como diferencia esencial
- Beneficios fiscales reconocidos a deudores morosos
- Legislador no puede consagrar trato diferenciado entre cónyuges y compañeros permanentes por el simple origen de la relación familiar
- Configuración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto 624 de 1989 articulos 8 108-1 238 y 387 (parciales) conforme a las modificaciones realizadas por la ley 6ª de 1992.
Se expide el estatuto tributario de los impuestos administrados por la dirección general de impuestos nacionales.
Los cónyuges se gravan en forma individual.
Deducción por pagos a viudas y huérfanos de miembros de las fuerzas armadas muertos en combate secuestrados o desaparecidos.
Diferencia patrimonial en la primera declaración.
Retencion en la fuente.
De la potestad de configuracion normativa del legislador en materia tributaria.
La institución familiar en la carta política.
Como la vulneracion del principio constitucional a la igualdad familiar se soporta en una omisión legislativa relativa en el presente caso con el fin de garantizar la supremacía del texto superior y en especifico de los articulo 13 y 42 la corte procedera a declarar la exequibilidad condicionada.
Exequibles en el entendido que dichas disposiciones deben ser igualmente aplicables respecto de la sociedad patrimonial que surge entre compañeros o compañeras permanentes
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 624/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Por los cargos analizados, declarar EXEQUIBLES los articulos 8deg, 108-1, 238 y 387 del Decreto 624 de 1989, conforme a las modificaciones realizadas por la Ley 6a de 1992, en el entendido que dichas disposiciones deben ser igualmente aplicables respecto de la sociedad patrimonial que surge entre companeros o companeras permanentes que reunan esa condicion conforme a la ley vigente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.