C-543 de 2005
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Nicolas Henao Bernal
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Características
- Decisión de atribuye a los jueces, conciliadores y tribunales de arbitramento la calidad de agentes retenedores desconoce el derecho de acceso a la administración de justicia
- Decisión que atribuye a los jueces, conciliadores y tribunales de arbitramento la calidad de agentes retenedores desconoce el debido proceso
- Decisión que atribuye a los jueces, conciliadores y tribunales de arbitramento la calidad de agentes retenedores desconoce el principio de proporcionalidad
- Decisión que atribuye a los jueces, conciliadores y tribunales de arbitramento la calidad de agentes retenedores sacrifica la independencia e imparcialidad judicial
- Decisión que establece como responsables solidarios a los jueces, conciliadores y tribunales de arbitramento desconoce los principios de justicia y equidad
- Definición
- Irrazonabilidad de norma que establece como agentes retenedores a los jueces, conciliadores y tribunales de arbitramento
- Recaudo
- Agente retenedor
- Contribuyente
- Norma que niega valor probatorio de documentos por no pago
- Importancia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 633 de 2000 articulo 109.
Se expiden normas en materia tributaria se dictan disposiciones sobre el tratamiento de los fondos obligatorios para la vivienda de interes social y se introducen normas para fortalecer las finanzas de la rama judicial.
Adicionase el articulo 518 del estatuto tributario.
Impone agentes retenedores del impuesto de timbre.
Potestad de configuración normativa del legislador en materia tributaria.
Generalidades acerca del impuesto de timbre.
No existe razon alguna para asignar a los jueces conciliadores y tribunales de arbitramento una funcion distinta a aquella que el articulo 116 de la constitucion política expresamente les reconoce.
Inexequible
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 633/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar INEXEQUIBLE el articulo 109 de la Ley 633 de 2000.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.