C-825 de 2006
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante David Orlando Giraldo Morales Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Norma derogada
- Principios
- Norma que excluye a los trabajadores ocasionales o transitorios es constitucional
- Norma que excluye a los trabajadores ocasionales o transitorios es inconstitucional
- Auxilio de cesantía
- Derecho a prima de servicios
- Configuración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Codigo sustantivo del trabajo articulos 223 lit.
B 229 lit.
B 247 (parcial) 251 lit.
B 289 (parcial) y 306 (parcial).
Exoneracion de pago y excepciones de reconocimiento de prestaciones y privilegios economicos para los trabajadores accidentales o transitorios.los demandantes consideran que las disposiciones impugnadas transgrede los articulos 13 25 48 y 53 de la constitucion al igual que la ley 1295 de 1994 por cuanto se someten a los trabajadores accidentales a condiciones indignas e injustas en el trabajo y se les restringe derecho sin justificacion alguna.decision inhibitoria respecto de los articulos 223 literal b 229 literal b 247 (parcial) y 289 (parcial) del codigo sustantivo del trabajo.cosa juzgada constitucional en relacion con el articulo 251 literal b.inconstitucionalidad de la expresion "excepto a los ocasionales o transitorios" del articulo 306 del codigo sustantivo del trabajo.principio de proteccion al trabajo y al regimen de seguridad social en nuestro estado social de derecho.
Dimensiones reconocidas al trabajo.
La igualdad de tratamiento del trabajo independientemente del tipo de relacion laboral.
No se justifica un trato desigual de los trabajadores independientes.inhibida estarse a lo resuelto en c-823 de 2006 e inexequible la expresion "excepto a los ocasionales o transitorios" del articulo 306 del c.s.t.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 2663/50. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E:
- Primero. DECLARARSE INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo en relacion con los articulos 229, literal b), 247(parcial) y 289(parcial) del Codigo Sustantivo del Trabajo por tratarse de normas derogadas.
- Segundo. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-823 de 2006, mediante la cual se declaro inexequible el literal b) del articulo 251 del Codigo Sustantivo del Trabajo.
- Tercero. DECLARAR INEXEQUIBLE la expresion "excepto a los ocasionales o transitorios" del articulo 306 del Codigo Sustantivo del Trabajo
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.