Micelio
Sentencia de Constitucionalidad20 de enero de 2004Sala Plena

C-019 de 2004

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante William Fernando Pinilla Mendieta Y Otro

Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo. Promoción Por El Estado De Condiciones Necesarias A La Reivindicación
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho Al Descanso
  • Imperativo reconocido históricamente
  • Concepto
  • Fundamental
Derecho Al Trabajo
  • Promoción por el Estado de condiciones necesarias a la reivindicación
  • Fundamento del régimen de seguridad social
  • Protección especial
Descanso
  • Protección
Ejercicio Laboral
  • Remuneración consecuente
Legislador En Acreencia Laboral O Prestacion Social
  • Condiciones impuestas sujetas a convenios internacionales
Legislador En Materia De Vacaciones
  • Establecimiento de condiciones para acceso
  • Regulación distinta a efectos de la compensación en dinero por fracción de tiempo
Libertad De Empresa
  • Destinatarios de función social
Norma Acusada
  • Interpretación errónea
Relacion Laboral
  • Tracto sucesivo
Vacaciones
  • Causación diaria
  • Finalidad
  • Compensación
  • Compensación proporcional sin que cumpla un año de servicio
  • Disfrute efectivo
  • Importancia
  • Pago proporcional a partir de tres meses de labores
Trabajador
  • Salario justo
16 temas · 27 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 789 de 2002.

Art. 27 (p.).

Apoyo al empleo.

Proteccion social.

Modifica arts.

Codigo sustantivo del trabajo.

Compensacion en dinero de vacaciones por año cumplido de servicio y proporcionalmente por fraccion de año siempre que exceda de 3 meses.

Termi

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 789/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 27Ley 789/02INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«siempre que éste exceda de tres meses»
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. 1. Declarar la INEXEQUIBILIDAD de la expresión "siempre que éste exceda de tres meses", contenida en el inciso
  2. segundo. del artículo 27 de la ley 789 de 2002, que modifica el numeral 2º del artículo 189 del C.S.T.
  3. 2.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.