C-753 de 2013
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Brayan Dario Tovar Badel·Demandado Ley 1448 De 2011, Articulo 19 Parcial Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Jurisprudencia constitucional
- Alcance
- Derechos fundamentales
- Jurisprudencia constitucional
- Exequibilidad de los artículos 19 de la Ley 1448 de 2011, el artículo 77 del Decreto 4634 de 2011 y el artículo 80 del Decreto 4635 de 2011
- Concepto y naturaleza jurídica
- Es por mandato superior, un criterio orientador que carece de la jerarquía propia de los principios fundamentales del Estado Social y Democrático de Derecho
- Impone a los poderes públicos la obligación de garantizar recursos suficientes para asegurar la viabilidad y efectivo cumplimiento del deber de reparación
- Contenido normativo
- Debe entenderse como mandato expreso dirigido a garantizar la adecuada financiación de la política pública de reparación y garantía de los derechos de las víctimas
- Debe ser compatible con la vigencia y goce efectivo de los derechos fundamentales
- Instrumento para alcanzar de manera progresiva los objetivos del Estado Social de Derecho
- No es un principio constitucional sino una herramienta para la consecución de los fines del Estado Social y Democrático de Derecho
- Se interpreta conforme al principio de progresividad y a la naturaleza indivisible e interdependiente de derechos
- Alcance
- Gasto social es prioritario
- Inclusión de la figura de incidente de impacto fiscal
- Prohibición de limitación de derechos fundamentales
- Jurisprudencia constitucional
- Alcance
- Jurisprudencia constitucional
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Alcance
- Implementación se torna obligatoria en contextos donde los obstáculos para el acceso a los mecanismos judiciales impidan hacer efectivo el derecho a la reparación de las víctimas
- Modelo concurrente entre reparación judicial y administrativa
- Requisitos
- Constitución Política
- Instrumentos internacionales
- Componente de indemnización
- Exequibilidad de los apartes demandados y no de la totalidad de los artículos
- Marco normativo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 19 (parcial) de la Ley 1448 de 2011, el artículo 77 (parcial) del Decreto Ley 4634 de 2011 y el artículo 80 (parcial) del Decreto ley 4635 de 2011.
El demandante solicita declarar inexequibles las expresiones subrayadas de las disposiciones referidas, bajo el cargo único de la infracción del derecho a las víctimas a ser reparadas integralmente y el desconocimiento de los límites constitucionales previstos para la aplicación del principio de sostenibilidad fiscal.
La Corte precisó que la reparación a las víctimas, en un contexto de justicia transicional, constituye un derecho fundamental y que la política estatal en esta materia debe tener en cuenta la sostenibilidad fiscal para garantizar su viabilidad y su proporcionalidad al número de victimas y a la magnitud del daño sufrido por ellas.
Se declara la EXEQUIBILIDAD de los apartes normativos acusados.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1448/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Primero. Declarar EXEQUIBLES los articulos 19 de la Ley 1448 de 2011, el articulo 77 del Decreto 4634 de 2011 y el articulo 80 del Decreto 4635 de 2011, por los cargos examinados en esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.