C-288 de 2012
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Humberto De Jesus Longas Londoño·Demandado Acto Legislativo 03 De 2011 Y Ley 1473 De 2011
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- El juez constitucional debe tener presente que la inacción estatal no es constitucionalmente legítima en virtud del principio de progresividad
- Momentos diferenciados en las decisiones proferidas por los jueces de tutela
- Alcance
- Expresión de la separación de poderes
- Competencia de la Corte Constitucional solo por vicios de procedimiento
- Competencia para adelantar juicio de sustitución
- Son derechos fundamentales que implican obligaciones de carácter negativo como de índole positiva
- Concepto
- Su fundamentalidad no depende de la manera como éstos se hacen efectivos en la práctica
- Dignidad humana, trabajo, igualdad y solidaridad como principios fundamentales
- Eje estructural de la Constitución
- Origen del concepto
- Contenido y alcance
- Concepto
- Consonancia con las modalidades constitucionales de intervención en la economía
- Propósito fundamental
- No es incompatible con la implementación de mecanismos que permiten los frenos y contrapesos agrupados por la jurisprudencia en los requerimientos constitucionales de colaboración armónica y contr
- Cláusulas prohibitivas
- Espacio de interlocución entre el Gobierno y la Procuraduría General con las Altas Cortes
- Ambito restringido
- Contenido y alcance
- Decisión esta subordinada al logro y goce efectivo de los derechos fundamentales
- Escenario reglado de interlocución que no desvirtúa la separación de poderes
- Reafirma el carácter eminentemente instrumental de la sostenibilidad fiscal
- No desvirtúa la separación de poderes
- Procedimiento dirigido a permitir que los Ministros del gobierno o el Procurador General de la Nación expresen ante las Altas Cortes explicaciones acerca de la afectación, respecto de los efectos de una sentencia en part
- Escenario reglado de interlocución que no desvirtúa la separación de poderes, habida cuenta que la posibilidad de modular, modificar o diferir los efectos de las sentencias de las cortes tiene carácter potestativo
- Jurisprudencia constitucional
- No tiene un contenido neutro en lo que respecta al ámbito económico
- Sujeto único
- Mecanismos destinados a restringir su análisis
- Condiciones y alcance
- Criterios básicos
- Inexistencia de exceso en el ejercicio de poder de reforma constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Límites sustantivos
- Carácter particular
- Fundamento conceptual
- Metodología
- No implica una sustitución de la Constitución Política
- Relación conceptual con los criterios de interdependencia e indivisibilidad de los derechos
- Alcance
- Doctrina constitucional
- Rasgo definitorio del Estado Constitucional
- Sistema de frenos y contrapesos
- Modelos
- Límites competenciales
- Límites
- Reglas
- Impone la protección de los derechos constitucionales desde una perspectiva fáctica
- Carácter instrumental
- Es por mandato superior, un criterio orientador que carece de la jerarquía propia de los principios fundamentales del Estado Social y Democrático de Derecho
- Debe ser compatible con la vigencia y goce efectivo de los derechos fundamentales
- Instrumento para alcanzar de manera progresiva los objetivos del Estado Social de Derecho
- Instrumento para el logro efectivo de los objetivos fijados por el Constituyente
- Interpretación conceptual
- Interpretación histórica
- No es un principio constitucional sino una herramienta para la consecución de los fines del Estado Social y Democrático de Derecho
- Se interpreta conforme al principio de progresividad y a la naturaleza indivisible e interdependiente de derechos
- Concepto
- A partir de normas del ordenamiento jurídico internacional
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Incompetencia de la Corte Constitucional
- Supone un control material que escapa a la competencia de la Corte Constitucional
- Trámite legislativo
- Definición
- Alcance
- Corte Constitucional ha debido declararse inhibida
- Concepto en la jurisprudencia constitucional
- Presupuestos sustantivos para su identificación
- Jurisprudencia constitucional
- Simplicidad y complejidad de las órdenes
- Jurisprudencia constitucional
- Tienen de manera general un carácter instrumental y no son fines en sí mismas
- Jurisprudencia constitucional
- Constituye una teoría sobre límites del poder constituyente
- Objeciones justifican un replanteamiento metodológico
- Razones por las que resulta inaceptable
- Constituye un exceso en la competencia de la Corte Constitucional
- Casos que se presentan en lo que tiene que ver con el principio de separación de poderes
- Modalidades
- Concepto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el Acto Legislativo 3 de 2011, por el cual se establece el principio de sostenibilidad fiscal y contra la Ley 1473 de 2011, por medio de la cual se establece una regla fiscal y se dictan otras disposiciones.
El demandante considera que el Acto Legislativo 03 de 2011 configura un exceso del Congreso en el ejercicio del poder de reforma de la Constitución, debido a que al modificar las normas sobre la intervención del Estado en la economía, a fin de instaurar el principio de Sostenibilidad Fiscal, en realidad sustituyó la Constitución en cuanto a varios de sus elementos estructurales, como son la primacía de los derechos fundamentales, la independencia del poder judicial, la autonomía de las entidades territoriales y la delimitación de la competencia del Gobierno y el Ministerio Público.
En cuanto a la Ley 1473 de 2011 se aduce que, al ser sólo la instrumentalización legislativa del criterio de sostenibilidad fiscal introducido en el Acto Legislativo 03 de 2011, deviene en inconstitucional por consecuencia.
La Corte precisó que la sostenibilidad fiscal constituye un instrumento para alcanzar de manera progresiva las finalidades del Estado Social y Democrático de Derecho y por lo tanto no implica una sustitución de la Constitución.
En cuanto al incidente de sostenibilidad fiscal, que consiste en un procedimiento de índole constitucional dirigido a permitir que los Ministros del Gobierno o el Procurador General de la Nación expresen ante las Altas Cortes las explicaciones acerca de la afectación que se evidencie a la sostenibilidad fiscal, respecto de los efectos de una sentencia en particular, la Corte consideró que constituye un escenario reglado de interlocución que no desvirtúa la separación de poderes, habida cuenta que la posibilidad de modular, modificar o diferir los efectos de las sentencias de las Cortes tiene carácter potestativo.
Se declara EXEQUIBLE por los cargos analizados, el Acto Legislativo 3 de 2011.
Frente a la Ley 1473 de 2011, se declara INHIBIDA de adoptar decisión de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1473/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados en esta sentencia, el Acto Legislativo 3 de 2011 "por el cual se establece el principio de sostenibilidad fiscal"
- Segundo. INHIBIRSE de adoptar decision de fondo respecto de la Ley 1473 de 2011 "por medio de la cual se establece una regla fiscal y se dictan otras disposiciones", en razon de la ineptitud sustantiva de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.